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CUIT rápido para cooperativas y mutuales

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Fruto de un trabajo colaborativo entre el Instituto Nacional de la Economía Social y Solidaria (Inaes) -que regula las organizaciones de la economía social- y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a partir de ahora las entidades cooperativas y mutuales que se constituyan recibirán en el mismo acto la matrícula y la CUIT, en un solo acto y en el propio  Inaes.

La resolución general conjunta 4860/2020 de AFIP e Inaes, publicada en el Boletín Oficial el 26 de noviembre pasado, así dejó establecido el nuevo procedimiento para el registro de entidades en el organismo recaudador, en cuanto a los datos de padrón, y la obtención de identificación tributaria para cooperativas y mutuales. A partir de esta resolución, la documentación necesaria para registrar una entidad en la AFIP y obtener la CUIT se deberán entregar en el Inaes.

La norma alcanza a quienes tengan pendiente la finalización de la inscripción. Todas aquellas cooperativas y mutuales que hayan obtenido su matrícula pero todavía no realizaron su inscripción en la AFIP, deberán hacerlo, a partir de ahora, mediante el Inaes, vía TAD; también, a quienes tienen solicitudes de inscripción en trámite -todas aquellas cooperativas y mutuales que están tramitando su autorización para funcionar pero que a la fecha no tienen resolución aprobatoria-; y, por supuesto, a quienes hagan una presentación de nuevas solicitudes, de ahora en adelante.

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