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Comercio y Justicia 85 años

Taxis y remises: a partir de hoy rigen nuevas tarifas en la ciudad de Córdoba

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La bajada de bandera diurna tendrá un costo de $128,60 para taxis y de $130,42 para remis. En tanto, la nocturna ascenderá a $147,89 y $149,98, respectivamente. A partir del 5 de marzo de 2022 la bajada de bandera diurna pasará a costar $139,40, (taxi) y $141,28 (remis) y la nocturna $160,31  y $162,47, respectivamente

Resolución N° 0577

CÓRDOBA, 17 de Diciembre de 2021.
VISTO:
El Expediente N° 104-029065/2021, a través del cual la Dirección de Movilidad Urbana, eleva estudios de costos para adecuación tarifaria para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, de conformidad a
las previsiones del Artículo 166° de la Ordenanza Nº 12.120.

Y CONSIDERANDO:

QUE el Artículo 166° de la Ordenanza N° 13.120, faculta a partir de la sanción de la misma, al Departamento Ejecutivo Municipal para adecuar las Tarifas oportunamente fijadas para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer en todas sus modalidades, de conformidad a las previsiones de la Ordenanza N° 12.859.

QUE mediante Decreto N° 095/2021, el Sr. Intendente Municipal delega en el Secretario de Movilidad Urbana dichas facultades.

QUE a tales efectos la Dirección de Movilidad Urbana realizó el cálculo de la tarifa a implementar, mediante el análisis de las minutas de costos y determinación de la tarifa del servicio, efectuando un relevamiento de precios de repuestos e insumos en comercios locales durante el mes de Diciembre de 2021.

QUE el estudio permite comprobar un incremento en los costos del servicio del orden del 30% (treinta por ciento), el cual se considera en consonancia con lo que puede verificarse en otras actividades económicas en los últimos 6 meses. No obstante ello y a efectos de minimizar el impacto de dicho porcentaje, se estima conveniente que el ajuste de la tarifa se lleve a cabo en forma escalonada, aplicando un incremento del 20% (veinte por ciento) sobre las tarifas vigentes a partir del día 20 de Diciembre de 2021 y un 10% (diez por ciento) adicional (sobre las tarifas adecuadas por Resolución Serie “F”N° 324/2021 ), a partir del 05 de Marzo de 2022.

QUE conforme estas premisas y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 12.859, la Dirección informante acompaña propuesta de tarifas para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba en sus modalidades de Auto Taxi, Auto Taxi para Personas con Discapacidad, Auto Remis, Auto Remis para Personas con Discapacidad y Autos de Alquiler de Lujo.

QUE a tales efectos la minuta de los Servicios de Autos de Alquiler con Chofer en todas sus modalidades, considera el costo del servicio para un vehículo con aparato taxímetro que trabaja dieciséis (16) horas diarias o sea dos (2) turnos de
ocho (8) horas cada uno.
QUE asimismo se eleva la adecuación de la tarifa nocturna para todas las modalidades de Autos de Alquiler con Chofer para aquellos viajes que se realicen entre las 22:00 hs. y 06:00 hs. del día siguiente, fijada en un 15% (quince por ciento)
superior a la tarifa diurna.

ATENTO A ELLO, y en uso de sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE MOVILIDAD URBANA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DISPONESE, a partir de las 00:00 horas del día 20 de Diciembre de 2021, la adecuación de las Tarifas para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, conforme el siguiente detalle.
ARTICULO 2°.- ADECUASE, la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO VEINTIOCHO CON SESENTA CENTAVOS ($ 128,60), para la Bajada de Bandera y en PESOS SEIS CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($ 6,43), el valor de la ficha cada ciento diez (110) metros de viaje recorrido.
ARTÍCULO 3º.- ADECUASE, en la suma de PESOS SEIS CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($ 6,43), el valor de la ficha cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para las modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con
Discapacidad.
ARTÍCULO 4º.- ADECUASE la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO TREINTA CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 130,42) para la Bajada de Bandera y en PESOS SEIS CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($6,28), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido.
ARTÍCULO 5º.- ADECUASE en la suma de PESOS SEIS CON VEINTIOCHOS CENTAVOS ($6,28), el valor de la ficha, cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de
Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad.
ARTÍCULO 6º.- ADECUASE la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba,en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, en PESOS CIENTO CUARENTA Y UNO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($141,35), para la Bajada de Bandera y en PESOS SIETE CON SIETE CENTAVOS ($7,07), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido.

ARTÍCULO 7º.- ADECUASE en la suma de PESOS SIETE CON SIETE CENTAVOS ($ 7,07), el valor de la ficha cada 60 (sesenta) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo.

ARTÍCULO 8º.- ADECUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO CUARENTA YSIETE CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 147,89), para la Bajada de Bandera y en PESOS SIETE CON TREINTA YNUEVE CENTAVOS ($ 7,39), el valor de la ficha cada ciento diez (110) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 9º.- ADECUASE en la suma de PESOS SIETE CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 7,39), el valor de la ficha cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para las modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.
ARTÍCULO 10°.- ADECUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 149,98) para la Bajada de Bandera y en PESOS SIETE CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 7,22), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.
ARTÍCULO 11º.- ADECUASE en la suma de PESOS SIETE CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 7,22), el valor de la ficha, cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en sus modalidades
de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 12º.- ADECUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de  Córdoba, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, en PESOS CIENTO SESENTA Y DOS CON CINCUENTA Y CINCO
CENTAVOS ($ 162,55), para la Bajada de Bandera y en PESOS OCHO CON TRECE CENTAVOS ($ 8,13), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 13º.- ADECUASE en la suma de PESOS OCHO CON TRECE CENTAVOS ($ 8,13), el valor de la ficha cada 60(sesenta) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de
Auto de Alquiler de Lujo, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 14°.- DISPONESE, a partir de las 00:00 horas del día 05 de Marzo de 2022, la adecuación de las Tarifas para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, conforme el siguiente detalle.
ARTÍCULO 15º.- ADECUASE, la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Capacidad Diferente, en PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 139,40), para la Bajada de Bandera y en PESOS SEIS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 6,97), el valor de la ficha cada ciento diez (110) metros de viaje recorrido.
ARTÍCULO 16°.- ADECUASE, en la suma de PESOS SEIS CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 6,97), el valor de la ficha cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para las modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad.
ARTÍCULO 17º.- ADECUASE la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO CUARENTA Y UNO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 141,28) para la Bajada de Bandera y en PESOS SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 6,80), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido.
ARTÍCULO 18°.- ADECUASE en la suma de PESOS SEIS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 6,80), el valor de la ficha, cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de
Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad.
ARTÍCULO 19º.- ADECUASE la tarifa diurna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, en PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES CON TRECE CENTAVOS CENTAVOS ($ 153,13), para la Bajada de Bandera y en PESOS SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 7,66), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido.
ARTÍCULO 20º.- ADECUASE en la suma de PESOS SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS($ 7,66), el valor de la ficha cada 60 (sesenta) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo.

ARTÍCULO 21º.- ADECUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO SESENTA CON
TREINTA Y UNO CENTAVOS ($ 160,31), para la Bajada de Bandera y en PESOS OCHO CON DOS CENTAVOS ($ 8,02), el valor de la ficha cada ciento diez (110) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y
las 06:00 horas del día siguiente .

ARTÍCULO 22º.- ADECUASE en la suma de PESOS SEIS CON OCHO CON DOS CENTAVOS ($ 8,02), el valor de la ficha cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para las modalidades de Auto Taxi y Auto Taxi para Personas con Discapacidad, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.
ARTÍCULO 23°.- ADECUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, en PESOS CIENTO SESENTA
Y DOS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 162,47) para la Bajada de Bandera y en PESOS SIETE CON OCHENTA Y DOS ($ 7,82), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 24º.- ADECUASE en la suma de PESOS SIETE CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 7,82), el valor de la ficha, cada sesenta (60) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en sus modalidades de Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 25º.- ADECUASE la tarifa nocturna del Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer de la Ciudad de Córdoba, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, en PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS CON DIEZ CENTAVOS ($ 176,10), para la Bajada de Bandera y en PESOS OCHO CON OCHENTA Y UNO CENTAVOS ($ 8,81), el valor de la ficha cada cien (100) metros de viaje recorrido, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente

ARTÍCULO 26º.- ADECUASE en la suma de PESOS OCHO CON OCHENTA Y UNO CENTAVOS ($ 8,81), el valor de la ficha cada 60 (sesenta) segundos de tiempo de espera para el Servicio Público de Autos de Alquiler con Chofer, en su modalidad de Auto de Alquiler de Lujo, para los viajes que se realicen entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 27º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, pase a Dirección de Movilidad Urbana a los fines de notificación a las Empresas Habilitadas a los fines de la programación de los relojes taxímetros, dese copia a la Dirección de Prensa, dese copia al Concejo Deliberante de la Ciudad. Cumplido, ARCHÍVESE.

RESOLUCIÓN
SERIE “F”
N° 0577
Fdo: Ing. Marcelo Daniel Mansilla – Secretario de Movilidad Urbana
Sr. Gonzalo Guevara – Subsecretario de Movilidad Urbana

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad 3841 del 17 de diciembre de 2021.

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