Declaran a partir del 7 de agosto y en lo sucesivo días hábiles a los fines procesales y administrativos y dan por finalizada la suspensión de todos los plazos procesales y administrativos -incluso aquellos que se computan por meses o años-, salvo para el caso del fuero penal y penal juvenil El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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