Se aumenta siete mil millones de pesos. De esta manera el monto total de la convocatoria asciende a 19 mil millones de pesos. La medida fue adoptada con el fin incorporar mejoras en los procesos y/o productos para el incremento de las exportaciones, la complejización de la matriz productiva y el desarrollo de ventajas competitivas de las empresas
Disposición 379/23- Sspyme
Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-29274111- -APN-DGD#MDP, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.431 para el Ejercicio 2018, los Decretos Nros. 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificatorios, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y 122 de fecha 21 de febrero de 2021, la Resolución N° 708 de fecha 17 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y las Disposiciones Nº 87 de fecha 28 de marzo de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificatorios, se creó el Fondo Fiduciario Público denominado “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR) y mediante el Artículo 56 de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.431 para el Ejercicio 2018 se sustituyó la denominación por “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP).
Que el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) tiene como objetivos permitir un mayor acceso al financiamiento; promover la inversión y/o el consumo; contribuir al desarrollo de las cadenas de valor en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país; contribuir a la puesta en marcha y/o el sostenimiento de actividades y/o empresas con elevado contenido tecnológico, estratégicas para el desarrollo nacional o importantes para la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.
Que mediante el Decreto N° 122 de fecha 21 de febrero de 2021 se dispuso que entre los destinos de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) se priorizarían proyectos de inversión con potencial exportador, con capacidad de sustituir importaciones, de incorporar tecnología, de generar nuevos puestos de trabajo y/o de agregar valor a la cadena productiva.
Que mediante la Resolución N° 708 de fecha 17 de octubre de 2022 del MINISTERIO DE ECONOMÍA se delegó en la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) creado mediante el Decreto N° 606/14 y sus modificatorios.
Que el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) es un vehículo eficaz, transparente y esencial para el financiamiento de empresas y, en particular, para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), emprendedores y emprendedoras ya que cuenta con la posibilidad de atender con agilidad y efectividad a sectores que por la coyuntura económica o circunstancias puntuales de la economía local lo requieren.
Que, mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se establecen entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA: coordinar la aplicación de las normas correspondientes a las Leyes Nros. 24.467, 25.300, 25.872, 27.264 y 27.349, sus modificatorias y complementarias; promover procesos de transformación productiva, tanto a nivel sectorial como regional, e intervenir en el fortalecimiento, reestructuración y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, fomentando la productividad, la incorporación del conocimiento, la digitalización, el empleo genuino, la agregación de valor, el desarrollo local, la formalización, la internacionalización y la competitividad, entre otros.
Que por el Artículo 1º de la Disposición N° 87 de fecha 28 de marzo de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó la convocatoria a la presentación de Proyectos en el marco de la Línea de Aportes No Reembolsables (ANR) “POTENCIA PIMEX” con el objeto de brindar asistencia financiera a empresas con proyectos estratégicos de productividad y de ese modo impulsar la transformación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) e incrementar las exportaciones.
Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3° de la Disposición N° 87/23 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, para la citada convocatoria se destinó la suma total de PESOS DOCE MIL MILLONES ($ 12.000.000.000).
Que conforme lo informado por la Dirección de Políticas PyME, y ratificado por la Dirección Nacional de Gestión y Política PyME, dependientes de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, mediante los informes IF-2023-86349366-APNDNGYPP#MDP y IF-2023-89440948-APN-DNGYPP#MDP respectivamente, de la totalidad de proyectos presentados en el marco de la citada convocatoria, CUATROCIENTOS VEINTISÉIS (426) presentaciones se encuentran en condiciones de ser aprobadas.
Que las CUATROCIENTOS VEINTISÉIS (426) solicitudes de Aportes No Reembolsables (ANR) referidas, exceden el cupo máximo asignado a la convocatoria aprobada por la Disposición N° 87/23 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y su consideración es vital para la incorporación de mejoras en los procesos y/o productos y para el incremento de las exportaciones, la complejización de la matriz productiva y el desarrollo de ventajas competitivas.
Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario ampliar el monto de la convocatoria para la aprobación de Proyectos en el marco de la Línea de Aportes No Reembolsables (ANR) “POTENCIA PYMEX”, previsto en el Artículo 3° de la Disposición N° 87/23 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, por la suma de PESOS SIETE MIL MILLONES ($ 7.000.000.000,00).
Que la Dirección Nacional de Financiamiento PyME, mediante el IF-2023-89394461-APN-DNFP#MDP, certificó la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto previsto en la ampliación del cupo presupuestario del Programa “POTENCIA PYMEX”.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios y la Resolución N° 708/22 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Amplíase el monto para la convocatoria a la presentación de Proyectos en el marco de la Línea de Aportes No Reembolsables (ANR) “POTENCIA PYMEX” previsto en el Artículo 3° de la Disposición N° 87 de fecha 28 de marzo de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en la suma de PESOS SIETE MIL MILLONES ($ 7.000.000.000,00), destinando un monto total de PESOS DIECINUEVE MIL MILLONES ($19.000.000.000) para la convocatoria mencionada.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será financiado por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).
ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tomas Bernardo Canosa Argerich
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.227 del 7 de agosto de 2023.