Se premiarán cuatro, tanto en la ciudad de Córdoba como en el interior de la provincia: “Comercio del Año”, “Comercio con Trayectoria”, “Comercio Joven” y “Comercio Electrónico”. Se entregará un primero y único premio honorífico por cada primer puesto de cada categoría, así como menciones distintivas para el segundo y el tercer lugar de cada una. Las inscripciones están abiertas y cierran el 2 de octubre
Ministerio de Industria, Comercio y Minería
Resolución N° 180
Córdoba, 17 de agosto de 2023á
VISTO: El Expediente Nº 0611-017569/2023, mediante el cual se propicia la aprobación de las Bases y Condiciones de los “Premios al Comercio Manuel Belgrano – Edición 2023”.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 062 de fecha 28 de agosto de 2013 del por entonces Ministerio de Industria, Comercio y Minería, se dispuso instituir anualmente los Premios al Comercio de Córdoba.
Que el señor Secretario de Comercio de este Ministerio propicia la aprobación de las Bases y Condiciones de la presente edición la cual se denominará “Premios al Comercio Manuel Belgrano 2023”.
Que el objetivo de la citada premiación está orientado a reconocer y premiar a comerciantes y prestadores de servicios de Córdoba Capital y del interior provincial que hayan tenido un destacado desempeño durante el año en curso y dar a conocer estas buenas prácticas para que sirvan de ejemplo genuino.
Que obran incorporadas a las presentes actuaciones, las Bases y Condiciones de los “Premios al Comercio Manuel Belgrano – Edición 2023”, en las que se detallan, entre otros, los requisitos a cumplimentar por los participantes, presentaciones elegibles, procedimiento de inscripción, descripción de las distintas premiaciones y los criterios de evaluación.
Que en la presente edición se premiarán cuatro categorías en Córdoba Capital: “Comercio del Año”, “Comercio con Trayectoria”, “Comercio Joven” y “Comercio Electrónico”, replicándose las mismas categorías en el interior de la Provincia.
Que se entregará un primer y único premio honorífico por cada primer puesto de cada categoría y se entregaran menciones distintivas para el segundo y tercer lugar de cada categoría.
Por lo expuesto, las facultades concedidas por el artículo 37 del Decreto 1615/19, ratificado por Art. 1° de la Ley N° 10.726 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio bajo Nº 2023/00000146.
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO y MINERÍA
RESUELVE:
Artículo 1° APROBAR las Bases y Condiciones de los Premios al Comercio de Córdoba Edición 2023: “Premios al Comercio Manuel Belgrano 2023”, que como Anexo I compuesto de ocho (8) fojas forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180/2023.
FDO.: EDUARDO LUIS ACCASTELLO, MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
Bases y Condiciones Premios al Comercio Manuel Belgrano 2023
La iniciativa pretende reconocer a Comercios de Productos y Servicios que se hayan destacado en alguna de las siguientes categorías a premiar:
∙ Comercio del Año
∙ Comercio con Trayectoria
∙ Comercio Joven
∙ Comercio Electrónico
Se presenta una Categoría General, Comercio del año, junto con otras tres categorías, las cuales están enfocadas a públicos diversos: Comercios liderados por Jóvenes, Comercios que han logrado trascender en el tiempo, y Comercios que han incorporado las últimas tecnologías en Comercialización digital.
Se entregarán un total de seis premios, destinando los mismos de la siguiente manera: tres para Comercios de Córdoba Capital – uno por cada categoría -, y tres para Comercios del Interior Provincial – uno por cada categoría -.
Organización
El concurso está organizado por el Ministerio de Industria, Comercio, y Minería de la Provincia de Córdoba, por intermedio de la Secretaría de Comercio de la Provincia de Córdoba. Objetivo La Secretaría de Comercio, busca implementar un instrumento orientado a reconocer y premiar a Comercios de Productos y Servicios de la Provincia de Córdoba, que hayan tenido un desempeño destacado durante el transcurso del año, y de esta forma, dar a conocer sus buenas prácticas para que éstas sirvan de ejemplo genuino y multiplicador.
Participantes
Están convocadas a participar de este concurso todas aquellas entidades comerciales y prestadoras de servicios adheridas a SIFCoS, y que no tengan sanciones impuestas en los últimos dos años por infracciones administrativas en materia de sanidad y consumo impuestas por la Dirección General de Defensa del Consumidor/a y Lealtad Comercial de la Provincia de Córdoba.
La participación en este concurso implica la plena aceptación de las Bases y Condiciones del mismo. Pliego de Bases y Condiciones Las Bases y Condiciones, junto con la Documentación respectiva se encuentran en la página web del Ministerio de Industria, Comercio y Minería de la Provincia de Córdoba que funciona en el siguiente dominio: http://www.cba.gov.ar/reparticion/ministerio-deindustria-comercio-y-mineria/ o pueden retirarse en Belgrano 347, 1° piso de la Ciudad de Córdoba.
Todas las consultas vinculadas al concurso deberán efectuarse a la dirección de correo electrónico de la Secretaría de Comercio: [email protected]
Presentaciones Elegibles
Se llevarán a cabo reconocimientos a desempeños destacados sintetizados en cuatro categorías que se describen de la siguiente manera:
1. Comercio del Año
Destinado al Comercio de Productos y/o Servicios que mejor integró en el presente año los siguientes aspectos:
∙ Calidad de Producto/Servicio: se entiende como el conjunto de propiedades inherentes a un producto/servicio que le confieren capacidad para satisfacer necesidades implícitas o explícitas de las y los consumidores. También se valorará la calidad en el servicio de atención al público.
∙ Grado de Inversión que haya realizado en el último año: se entiende por inversión a toda acción que haya significado un costo económico y de tiempo con el objetivo de lograr aumentar o mantener su competitividad.
∙ Exposición de Productos: apuesta atractiva y estética en la presentación de los productos/servicios, tanto en vidrieras físicas y publicidad, como también en el formato de packaging. Se reconocerá la creatividad en la exposición: generación de nuevas ideas y conceptos, impacto visual, originalidad.
∙ Perspectiva de Género, Inclusión y Diversidad: se evaluarán las acciones tendientes a la incorporación del enfoque de género, inclusión y diversidad con el objetivo de alcanzar la igualdad de derechos dentro del ámbito comercial en lo referente, tanto en su organización interna como en su proyección hacia sus clientes/as, proveedores/as y demás relaciones comerciales.
∙ Responsabilidad Social: se valorará si demuestra interés por la sociedad en la que vive, contribuyendo activa y voluntariamente al mejoramiento social y económico de la sociedad, a través de la participación en campañas que trabajan con sectores vulnerables, iniciativas propias que ayuden a disminuir las desigualdades sociales, toda acción que vaya más allá de las obligaciones y normativas que de por sí, deben cumplir los Comercios en cuanto a la legislación vigente.
∙ Gestión Sustentable: se analizarán acciones destinadas a la eficiencia en el uso de los recursos, control en la generación de residuos, utilización de materiales reciclados y toda acción que implique un cuidado consciente del medio ambiente.
2. Comercio con Trayectoria
Destinado a comercios de la Provincia de Córdoba, con al menos 45 años de antigüedad, contados desde su habilitación legal e inicio de actividades. Se valorará preferentemente: la antigüedad del comercio y la cantidad de generaciones que lo han atravesado.
3. Comercio Joven Destinado a comercios de productos y/o servicios liderados por jóvenes de 18 a 35 años, que se hayan destacado por un emprendimiento comercial en cuanto
a: la novedad del producto/servicio, la forma de comercialización, el servicio de atención al cliente/a, y la calidad del producto o servicio.
4. Comercio Electrónico
Destinados para distinguir a las empresas y emprendimientos que por su labor en el sector del Comercio Electrónico y los negocios por internet han contribuido con su innovación y desarrollo a potenciar el mercado en la red y la Economía Digital cordobesa.
Obligaciones de las y los participantes Todo/a participante se compromete a respetar:
a) La organización del concurso en sus diferentes etapas
b) Las y los integrantes del jurado
c) Las decisiones que éste tome
d) A las y los demás participantes. Deberán abstenerse de emplear recursos que desprestigien al resto de los Comercios y Empresas participantes, a las acciones organizativas, al fallo del jurado y a toda conducta maliciosa que tenga por fin generar un conflicto en el normal desempeño del concurso. Las firmas partícipes no podrán establecer o mantener contacto con las y los integrantes del jurado en temas referentes al concurso. Cualquier alteración de esta condición será causa de descalificación.
Presentación e Inscripción en los premios
Los y las participantes (dueño/a, socio/a, y/o representante del comercio) podrán auto postularse, o bien la postulación podrá realizarse través de Centros Comerciales y/o entidades representativas del sector. La postulación podrá ser a una o varias categorías, completando una inscripción, en la que podrán adjuntar archivos y/o documentos que fortalezcan la justificación de la postulación.
Se contempla la división de jurisdicción en: Capital e Interior de la Provincia, aplicando las mismas categorías de premios.
La convocatoria a postularse a los premios estará abierta a partir del 14 de agosto y hasta el 02 de octubre del corriente año.
Jurado
El Jurado estará presidido por el Secretario de Comercio e integrado por representantes de cámaras y/o entidades representativas del sector, respetando la paridad de género. El mismo establecerá un orden de mérito de 5 participantes por cada premio a entregar.
El Ministro será el encargado de elegir a los comercios ganadores y entregará los premios. Para ello, valorará las candidaturas que reúnan los criterios establecidos en cada categoría, atendiendo a la oportunidad y calidad de los mismos, a los datos incluidos en el formulario de inscripción, a la documentación aportada o a otros medios que estime convenientes.
El jurado controlará que todos los comercios cumplan con los requisitos para poder participar, procediendo a descalificar a aquellos que no lo hicieran. El jurado podrá declarar desierta alguna categoría o el concurso en su totalidad si lo considera pertinente, fundamentando el motivo de tal decisión. Toda situación no contemplada en las presentes bases será resuelta por el jurado experto.
El fallo del jurado será irrecurrible y se labrará un acta con la decisión de sus integrantes, la cual será elevada al Ministro de Industria, Comercio y Minería de la Provincia de Córdoba a los fines de que materialice la entrega de Premios.
Criterios de evaluación
A continuación, se describen los indicadores cualitativos de medición que se utilizarán en cada categoría como criterios para evaluar a los comercios que se postulan.
Comercio del Año
Indicadores de medición:
∙ Cantidad de empleados/as
∙ Cantidad de sucursales
∙ Grado de innovación y originalidad de las ideas que implementa
∙ Creatividad en la difusión y publicidad
∙ Inversión en tecnología
∙ Adhesión a normas de calidad
∙ Gestión del desempeño de los y las empleados/as e incentivos
∙ Grado de atracción y cuidado de la fachada del lugar
∙ Estética y atracción visual en la exposición del producto/servicio
∙ Paridad de género en la conformación de su plantel laboral
∙ Programas de inclusión y diversidad dentro del ámbito empresarial
∙ Uso de materiales reciclados/ecológicos
∙ Participación en campañas con fines sociales que ayuden a disminuir las desigualdades
∙ Premios y/o reconocimientos recibidos.
Comercio con Trayectoria
Indicadores de medición:
∙ Años de antigüedad
∙ Incorporación de tecnología, adaptación a los cambios
∙ Grado en que la identidad organizacional está asentada en las y los empleadas/os
∙ Cantidad de generaciones que han atravesado el comercio en caso de empresas familiares
∙ Trayectoria y Mejoramiento de infraestructura Comercio Joven Indicadores de medición:
∙ Visión estratégica comercial
∙ Edad de la o el Joven Comerciante
∙ Calidad del producto/servicio que brinda
∙ Modelo de Negocios
∙ Originalidad del Emprendimiento Comercio Electrónico Indicadores de medición:
∙ Liderazgo en e-Commerce
∙ Innovación en el desarrollo de su canal de Comercio Electrónico
∙ Incorporación de nuevos actores en el sector.
∙ Liderazgo en la apertura de nuevos mercados en e-Commerce
∙ Uso de tecnologías disruptivas en Medios de Pago
∙ Uso de tecnología innovadora en Logística.
∙ Modelo de Negocio enfocado en la Experiencia del Cliente. Premiación El Jurado deberá emitir su fallo dentro de los siete días corridos, a partir del inicio de la sesión de evaluación convocada a tal fin por el Secretario de Comercio.
Se determinarán primero (1º), segundo (2º) y tercer (3º) puesto de ganadores en Córdoba Capital y primero (1º), segundo (2º) y tercer (3º) puesto de ganadores en el interior provincial, por cada categoría.
El fallo del jurado será irrecurrible y será plasmado en un Acta suscripta por sus integrantes, la cual será elevada al Ministro de Industria, Comercio y Minería de la Provincia de Córdoba a los fines de que se materialice la entrega de Premio El resultado se comunicará fehacientemente a los comercios participantes y se difundirá por los medios públicos.
La entrega de premios se realizará en un evento organizado para tal fin: el día 09 de noviembre de 2023.
Se entregará un primer y único premio honorífico por cada primer puesto de cada categoría, y se entregarán menciones distintivas para el segundo y tercer lugar de cada categoría.
Premio desierto: para declarar desierto cualquiera de los premios, se deberá fundamentar ampliamente los motivos que determinen tal medida.
Menciones Especiales
La Secretaría de Comercio podrá realizar menciones especiales a los Comercios participantes, que, según sus criterios objetivos y técnicos por su especialidad, estime necesarios y convenientes para otorgar tales reconocimientos.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 158 del 23 de agosto de 2023.