Tendrá por fin garantizar la venta al consumidor final de ciertos productos a un precio fijo. Las personas podrán denunciar el incumplimiento por parte de las empresas que hayan suscripto convenios por medio de la aplicación móvil que estará disponible para celulares con sistemas Android y con iOS y de un servicio de mensajería a utilizarse de manera virtual. (Ver anexo adjunto)
Resolución 823/22-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 10/11/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-116935465- -APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios – t.o. 1992 – y sus modificaciones, la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Resolución N° 1 del 17 de enero de 2020 de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 42 de la Constitución Nacional establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno, agregando que las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y usuarios.
Que es deber del Estado Nacional garantizar los derechos de la población y su goce efectivo, por lo que resulta de interés prioritario asegurar el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente a aquellos tendientes a la protección de la salud, alimentación e higiene.
Que, en el mismo sentido, el derecho del consumo procura garantizar la seguridad de los bienes que se introducen en el mercado, como una forma de regular el derecho a la salud y a la integridad física de los consumidores y usuarios.
Que la Ley N° 24.240 y sus modificatorias tiene por objeto la defensa del consumidor o usuario, entendiéndose por tal a toda persona humana o jurídica que adquiere o utiliza bienes o servicios en forma gratuita u onerosa como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social; como así también, a quien sin ser parte de una relación de consumo, como consecuencia o en ocasión de ella adquiere o utiliza bienes o servicios como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social, y a quien de cualquier manera está expuesto a una relación de consumo.
Que, en ejercicio de esas facultades, en el año 2013 el MINISTERIO DE ECONOMÍA lanzó el Programa “Precios Cuidados” consistente en un acuerdo voluntario de precios con representantes de las principales cadenas de supermercados y proveedores de la República Argentina los cuales se comprometen a vender al consumidor final los productos a un precio único y constante acordado con el Estado Nacional.
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