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Oralidad en el fuero civil: el TSJ tomó razón de metas acordadas para su aplicación

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Asimismo, se difunde el nuevo protocolo a aplicarse en los tribunales de la provincia Córdoba

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba

Acuerdo Reglamentario N° 1735 – Serie: “A”


En la ciudad de CÓRDOBA, 02/12/2021, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan SESIN, María Marta CÁCERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con la asistencia del Señor Sub Director General del Área de Administración a cargo de la Administración
General del Poder Judicial, Cr. Roberto Rodolfo MANZANO y ACORDARON:
Y VISTOS: Que por Ley Provincial N° 10.555, se dispuso implementar desde el día 01 de febrero del año 2019, de manera progresiva, los procesos orales en los Juzgados de Primera Instancia de los Fueros Civiles y Comerciales de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
1) Que por Acuerdos Reglamentarios N° 1538 Serie “A” de fecha 26/11/2018; N° 1542 Serie “A” de fecha 27/12/2018 y N° 1590 “A” de fecha 17/09/2019, se establecieron progresivamente los Juzgados de Primera Instancia Civiles y Comerciales de la Sede Judicial de la ciudad de Córdoba Capital y del Interior, que habrían de intervenir en las distintas etapas de implementación de la Ley N° 10.555.
Recientemente, el Acuerdo Reglamentario N° 1720 Serie “A” de fecha 03/09/2021 extendió a todos los Juzgados Civiles y Comerciales la aplicación de la ley 10.555, completándose así es esquema de implementación de Oralidad a toda la Provincia de Córdoba.
2) Que con fecha 7 y 8 de febrero del 2019, se convocó en esta ciudad de Córdoba, a los Jueces seleccionados para la primera etapa de la implementación, a un taller sobre la oralidad en los procesos civiles y comerciales, en el cual se establecieron metas de trabajo, que fueron oportunamente compartidas por éste Tribunal Superior.
Asimismo, y a los fines de afrontar una justicia más ágil e inmediata, se aprobó un “Protocolo de Gestión del Proceso Civil Oral” (mediante Acuerdo Reglamentario N° 1550 Serie “A” de fecha 19/02/2019), que describe prácticas y reglas generales de carácter vinculantes para todos los operadores jurídicos. Su objetivo fue reducir la duración del proceso en todas sus instancias, inmediación del Juez, favorecimiento de la conciliación de los conflictos, mejora en la calidad de las resoluciones que se dicten, todo ello, teniendo en miras la prestación del servicio de justicia de la manera más eficiente y con ello recuperar la confianza del ciudadano en el sistema judicial.
3) Que con fecha 2 y 3 de setiembre del corriente año, se convocó en esta ciudad de Córdoba, a los Jueces de la Sede Capital y a los Jueces de las Sedes del Interior, respectivamente, incorporados en la última etapa de la implementación, a sendos Talleres sobre la oralidad en los procesos civiles y comerciales.
4) Que en dichas jornadas se establecieron nuevas metas de trabajo, teniendo en consideración los resultados obtenidos por los juzgados que aplican oralidad civil efectiva conforme informes actuales, compartidas por éste Tribunal Superior.
5) Que asimismo, se revisó el Protocolo de Gestión del Proceso Civil Oral vigente, efectuándose actualizaciones y ajustes que fueron puestas a consideración de los jueces que aplican oralidad efectiva, las que resultan compartidas por este Alto Cuerpo.
Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución Provincial y 12 inc. 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N° 8435, el Tribunal Superior de Justicia;
RESUELVE:
1) Tomar Razón de las nuevas metas acordadas por los Jueces encargados de implementar la oralidad en los procesos civiles y comerciales, las cuales se agregan a la presente como Anexo I, formando parte del mismo.
2) Tomar Razón del “Nuevo Protocolo de Gestión del Proceso Civil Oral”, el que se incorpora como Anexo II, formando parte de esta Resolución.
3) Comuníquese a la Fiscalía General de la Provincia, a los Juzgados intervinientes y a los Colegios de Abogados de la Ciudad de Córdoba Capital y Río Cuarto.
4) Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Incorpórese en la página web del Poder Judicial.

FDO.: SEBASTIÁN CRUZ LÓPEZ PEÑA, PRESIDENTE – DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL – MARÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI, VOCAL – LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL – ROBERTO RODOLFO MANZANO, SUBDIRECTOR GRAL. DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL


N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 9 de diciembre de 2021.

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