martes 19, noviembre 2024
martes 19, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Oficializan modificaciones a la ley de Seguridad Pública de la Provincia de Córdoba

ESCUCHAR

Entre las reformas que se efectuaron se destaca la incorporación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio Público, la Legislatura y el Consejo de Política Criminal y de Gestión de las Fuerzas de Seguridad como partes del Sistema Provincial de Seguridad Pública y Ciudadana. A su vez, se crea el Consejo de Política Criminal y de Gestión de las Fuerzas de Seguridad, que tendrá a su cargo la coordinación de “los procesos de democratización, modernización y profesionalización” de las fuerzas de seguridad. La ley también establece la conformación de un Sistema de Control Democrático de las Fuerzas y la creación de la Defensoría de las Fuerzas de Seguridad. Esta última, con el fin de promover y proteger los derechos del personal de las fuerzas

La Legislatura de la Provincia de Córdoba

Sanciona con fuerza de Ley: 10732

Modificaciones a la ley Nº 9235

DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

Artículo 1º.- Modifícase el artículo 3º de la Ley Nº 9235 y sus modificatorias -de Seguridad Pública para la Provincia de Córdoba-, el que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 3º.- EL Sistema Provincial de Seguridad Pública y Ciudadana tiene por objetivos:

a) Facilitar las condiciones que posibiliten el pleno ejercicio de las libertades, derechos y garantías constitucionales tendientes a preservar la vida, la integridad física y los bienes de los ciudadanos de la Provincia de Córdoba;

b) Mantener el orden y la tranquilidad pública en todo el territorio de la Provincia de Córdoba, en el marco del respeto irrestricto a los derechos humanos;

c) Favorecer la rehabilitación y reinserción social de las personas condenadas, colaborando en la articulación de los organismos de ejecución de la pena;

d) Desarrollar una política criminal que coordine la prevención y persecución de los delitos, las contravenciones y las faltas mediante desarrollos tecnológicos, la producción y análisis de información y la gestión interinstitucional e interministerial;

e) Promover la participación ciudadana en el desarrollo de estrategias de prevención del delito y las violencias e impulsar la convivencia ciudadana desde una perspectiva interagencial e integral de la gestión de la conflictividad social;

f) Fomentar el protagonismo de los gobiernos locales en el desarrollo de políticas de prevención de las violencias y de la seguridad ciudadana y en el establecimiento de mecanismos de participación pública y privada en la gestión de conflictos;

g) Promover procesos de democratización, modernización y profesionalización de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana;

h) Establecer mecanismos de control de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana que aseguren el funcionamiento transparente y conforme al orden constitucional y al sistema democrático;

i) Determinar los mecanismos de coordinación entre las diversas autoridades para apoyo y auxilio a la población en casos de siniestros o desastres, conforme a la integralidad del sistema, y

j) Controlar la prestación de los servicios de seguridad privada estableciendo normas, protocolos y procedimientos para su articulación con la seguridad pública y ciudadana.

”Artículo 2º.- Modifícase el artículo 4º de la Ley Nº 9235 y sus modificatorias -de Seguridad Pública para la Provincia de Córdoba-, el que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 4º.- EL Sistema Provincial de Seguridad Pública y Ciudadana está conformado por:

1) Los responsables en la planificación, organización y ejecución de políticas de prevención y seguridad pública y ciudadana:

a) El Ministerio de Seguridad o el organismo que lo sustituyere en sus competencias;

b) El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o el organismo que lo sustituyere en sus competencias;

c) El Ministerio Público;

d) La Legislatura de la Provincia de Córdoba;

e) El Consejo de Política Criminal y de Gestión de las Fuerzas de Seguridad;

f) La Comisión Interministerial de Seguridad Ciudadana;

g) El Consejo Provincial de Seguridad Ciudadana;

h) El Observatorio de Estudios sobre Convivencia y Seguridad Ciudadana, o el organismo que lo sustituyere en sus competencias, 

i) Los Consejos Departamentales, Municipales y Barriales de Prevención y Convivencia.

2) Las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana integradas por:

a) La Policía de la Provincia de Córdoba;

b) La Fuerza Policial Antinarcotráfico, y

c) El Servicio Penitenciario Provincial.

Artículo 3º.- Incorpórase, inmediatamente después del artículo 6º, como Capítulo Cuarto del Título I de la Parte I de la Ley Nº 9235 y sus modificatorias -de Seguridad Pública para la Provincia de Córdoba-, que contiene los artículos 6º bis y 6º ter, el siguiente:

“Capítulo Cuarto Consejo de Política Criminal y de Gestión de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana

“Artículo 6º bis.- EL Consejo de Política Criminal y de Gestión de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana coordinará los procesos de democratización, modernización y profesionalización de las Fuerzas de Seguridad. Está integrado por el Ministerio de Seguridad, por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministerio Público, o los organismos que los sustituyeren en sus competencias. 

Artículo 6º ter.-EL Consejo de Política Criminal y de Gestión de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana contará para su funcionamiento con las siguientes comisiones de trabajo:

a) Comisión de Protocolización de las Actuaciones de las Fuerzas de Seguridad;

b) Comisión de Formación y Capacitación de las Fuerzas de Seguridad;

c) Comisión de Desarrollo y Vinculación Tecnológica del Sistema Provincial de Seguridad Pública y Ciudadana;

d) Comisión de Seguimiento del Control Disciplinario;

e) Comisión de Coordinación de Acciones de Política Criminal, y

f) Toda otra que el Consejo determine necesaria. Las comisiones serán conformadas por representantes de los Ministerios de Seguridad, de Justicia y Derechos Humanos, del Ministerio Público y de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana involucradas. Cuando resulte pertinente y útil, las comisiones podrán convocar, además, a expertos o representantes de organismos, instituciones u organizaciones.

”Artículo 4º.- Incorpórase, inmediatamente después del artículo 14, como Parte I Bis, Título Único, Capítulo Único de la Ley Nº 9235 y sus modificatorias -de Seguridad Pública para la Provincia de Córdoba-, que contiene los artículos 14 bis, 14 ter, 14 cuáter y 14 quinquies, la siguiente:

“PARTE I Bis

SISTEMA DE CONTROL DEMOCRÁTICO DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y CIUDADANA 

TÍTULO ÚNICO 

OBJETIVOS – CONFORMACIÓN 

Capítulo Único Integrantes – Estructura Orgánica

Artículo 14 bis.- EL Sistema de Control Democrático de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana tiene como objetivo establecer mecanismos que aseguren un funcionamiento transparente, conforme al orden constitucional y al sistema democrático por parte de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana. El Sistema está conformado por:

a) El Consejo de Política Criminal y de Gestión de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana;

b) El Control Disciplinario de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana, y

c) Los mecanismos de participación contemplados en el Plan Integral de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito y en el Programa de Control Ciudadano de la Policía de la Provincia de Córdoba establecido en la Ley Nº 10197.

Artículo 14 ter.- EL control disciplinario implica la prevención, detección, investigación y sanción de faltas disciplinarias del personal de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana. Está integrado por:

a) El Tribunal de Conducta de las Fuerzas de Seguridad;

b) La Dirección General de Control e Investigación de las Fuerzas de Seguridad;

c) La Asesoría Letrada Disciplinaria de las Fuerzas de Seguridad, y

d) Los mecanismos internos de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana para prevenir, identificar y sancionar faltas leves y medias.

Artículo 14 quáter.- CRÉASE la Defensoría de las Fuerzas de Seguridad para la promoción y protección de los derechos del personal de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana amparados en la Constitución Nacional, los tratados internacionales, la Constitución de la Provincia de Córdoba y las leyes y reglamentos vigentes. El titular de la Defensoría de las Fuerzas de Seguridad es designado por el Poder Ejecutivo Provincial.

Artículo 14 quinquies.- LA Defensoría de las Fuerzas de Seguridad tiene, entre otras, las siguientes funciones:

a) Coordinar las Defensorías Disciplinarias de las Fuerzas de Seguridad;

b) Relevar sugerencias e iniciativas de los integrantes de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana para la modernización de las instituciones, el desarrollo tecnológico y logístico y la profesionalización de sus miembros;

c) Trabajar con universidades, centros de estudios y organizaciones de la sociedad civil para construir conocimiento e información sobre opiniones y perspectivas de los integrantes de las fuerzas de seguridad, y

d) Proponer y acompañar iniciativas para proteger los derechos de los integrantes de las Fuerzas de Seguridad Pública y Ciudadana y mejorar su formación y sus condiciones de trabajo.

”Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN CÓRDOBA, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR – GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO

Decreto N° 941

Córdoba, 30 de diciembre de 2020

Téngase por Ley de la Provincia Nro. 10.732, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese.

FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – JULIÁN MARÍA LÓPEZ, MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – ALFONSO FERNANDO MOSQUERA, MINISTRO DE SEGURIDAD – JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 14 del 21 de enero de 2021. 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?