viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Obras públicas: delegación de la facultad de prórroga del plazo fijado para la ejecución

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Será la Subdirección de Jurisdicción de Control, Inspección y Certificación del Ministerio de Hábitat y Economía Familiar la que estará a cargo de esa tarea, en el caso en que se vean afectados en su iniciación o continuidad, y teniendo en cuenta las modificaciones de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo

Ministerio de Hábitat y Economía Familiar 

Resolución N° 192 

Córdoba, 15 de noviembre de 2023 

VISTO: La necesidad de delegación de funciones en la Subdirección de Jurisdicción de Control, Inspección y Certificación, para otorgar a los contratistas de obras públicas prórrogas de plazo para la ejecución de los trabajos de las mismas que se vean afectados en su iniciación o continuidad, y teniendo en cuenta las modificaciones de la estructura orgánica del Poder Ejecutivo. 

Y CONSIDERANDO: 

Que deviene necesario, oportuno y conveniente delegar en la Subdirección de Jurisdicción de Control, Inspección y Certificación la facultad para otorgar a los contratistas de obras públicas, prórrogas del plazo fijado para la ejecución de las mismas cuando, por un obstáculo independiente de la voluntad de aquéllos e insuperables por gestiones de los mismos, no pudieren iniciar las obras después del Replanteo o tuvieren que suspenderlas o demorar su ejecución, conforme lo establecido en los artículos 41 y 53 del Decreto N°1331-C-53 (T.O. Decreto N°4758/77). 

Que, el objeto de la delegación encuadra en las prescripciones del artículo 3° de la Ley 5350 -modificado por artículo 14° de la Ley 10618-, que autoriza tanto a delegar el ejercicio de la competencia, como a encomendar la realización de actividades de carácter material o técnico, por lo que resulta legalmente procedente, toda vez que se trata de materias y funciones acotadas y perfectamente definibles. 

Que asimismo y en concordancia con lo expuesto, el artículo 15 del Decreto N°1615/19 y modificatorios, ratificados por Ley 10726 y Ley 10919, dispone que los Ministros pueden delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativos de sus respectivas carteras, en los funcionarios que determinen y conforme con la organización de cada área. 

Que la Dirección de Asuntos Legales mediante Dictamen N° 2022/DD00000317, ya se expidió en cuanto a la procedencia de tramites análogos al presente, remitiendo a su lectura en honor a la brevedad. Por todo ello, normativa legal citada y en uso de sus atribuciones; 

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y ECONOMÍA FAMILIAR 

RESUELVE: 

Artículo 1°.- DELEGASE, a partir de la fecha del presente instrumento legal en la Subdirección de Jurisdicción de Control, Inspección y Certificación de este Ministerio, la facultad para otorgar a los contratistas de obras públicas prórrogas del plazo fijado para la ejecución de las mismas cuando, por un obstáculo independiente de la voluntad de aquéllos e insuperable por gestiones de los mismos, no pudieren iniciar las obras después del Replanteo o tuvieren que suspender o demorar su ejecución, conforme lo establecido por la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Córdoba y su Decreto Reglamentario. 

Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. 

FDO. LAURA JURE, MINISTRA DE HÁBITAT Y ECONOMÍA FAMILIAR

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 224 del 27 de noviembre de 2023.

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