Asciende a la suma de $8.616 a partir del pasado 4 de julio
Justicia Administrativa Municipal de Faltas de la Municipalidad de Córdoba
Resolución N° 074
Córdoba, 03 de Julio de 2024.
VISTO: El Código de Convivencia Ciudadana de la Ciudad de Córdoba – Ordenanza Nº 12.468 – y sus modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ordenanza Nº 12.468 dispone que el valor de la multa se determina en Unidades Económicas Municipales (U.E.M), cuyo valor en pesos equivale a ocho (8) litros de nafta de menor octanaje, valor surtidor o precio final al público, de la empresa estatal Y.P.F plaza Córdoba, el que debe publicarse en el Boletín Oficial y en el sitio Web oficial de la Municipalidad de Córdoba.
Que, según lo informado por las autoridades del Automóvil Club Argentino, el valor del litro de nafta es de pesos un mil setenta y siete ($1.077) en consecuencia, el valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M), resulta en pesos ocho mil seiscientos dieciséis ($8.616).
ATENTO A ELLO y en uso de sus atribuciones:
EL DIRECTOR DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL DE FALTAS
RESUELVE: Art. 1º.- ORDÉNASE la publicación del nuevo valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M) que asciende a la suma de pesos ocho mil seiscientos dieciséis ($8.616), el que empezará regir a partir del cuatro de julio del año dos mil veinticuatro.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y en el sitio Web Oficial de la Municipalidad de Córdoba, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba N° 4254 del 3 de julio de 2024.