viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Modifican el reglamento particular del “Programa Casa Propia – Construir Futuro”

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Los cambios tienen por fin brindar a los entes ejecutores de las obras de vivienda una mayor amplitud en su toma de decisiones con respecto al financiamiento. También, optimizar los recursos presupuestarios disponibles que permitan financiar mayores proyectos de construcción . (Ver anexos adjuntos)

Resolución 3/23- MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 09/01/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2021-07378820-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y las Resoluciones Nros. 16 del 29 de enero de 2021, 95 del 26 de marzo de 2021 y 464 del 31 de diciembre de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 y sus modificatorias, se creó en el ámbito de esta Cartera de Estado, el Programa Nacional de Construcción de Viviendas denominado “PROGRAMA CASA PROPIA – CONSTRUIR FUTURO”.

Que el artículo 3º de la referida Resolución determinó como Autoridad de Aplicación del “PROGRAMA CASA PROPIA – CONSTRUIR FUTURO” a la SECRETARÍA DE HABITAT de este Ministerio.

Que asimismo, por conducto del artículo 4º de la mencionada Resolución, modificada por la Resolución Nº 464/2021 de este Ministerio, se aprobó el Reglamento Particular del “PROGRAMA CASA PROPIA – CONSTRUIR FUTURO”.

Que a los fines de brindar a los Entes Ejecutores de las obras de vivienda, una mayor amplitud en su toma de decisiones referente al financiamiento de las mismas, como asimismo optimizar los recursos presupuestarios disponibles que permitan financiar mayores proyectos de construcción de viviendas, resulta necesario modificar el Reglamento Particular del “PROGRAMA CASA PROPIA – CONSTRUIR FUTURO”, posibilitando las transferencias de los fondos por parte de este Ministerio a las cuentas bancarias de los Entes Ejecutores o en forma directa a las cuentas bancarias de las empresas adjudicatarias de las obras, y fijar en el DIEZ POR CIENTO (10%), del monto total de los Convenios de Financiamiento, el anticipo financiero que, a solicitud de los Entes Ejecutores se otorgará en cada caso.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de este MINISTERIO ha tomado intervención en función de lo establecido en el artículo 101 del Anexo al Decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 4º de la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 y su modificatorias del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 4º.- Apruébase el Reglamento Particular del “PROGRAMA CASA PROPIA–CONSTRUIR FUTURO” que como Anexo IF-2023-02940802-APN-SH#MDTYH, integra la presente medida”.

ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Santiago Alejandro Maggiotti

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.086 del 10 de enero de 2023. 

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