El llamado será para la cobertura de ocho cargos de Jefe de Jurisdicción y 98 en el tramo personal de ejecución. (Ver anexo adjunto)
Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba
Decreto N° 59
Córdoba, 29 de diciembre de 2022
VISTO: Lo dispuesto en la Ley N° 9880 – Estatuto Escalafón para el Personal del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba, su Reglamentación por Anexo I de la Resolución Nº 2720/2014, y sus modificatorias, y la Ley N° 10.851.
Y CONSIDERANDO:
Que en la estructura orgánica de las Secretarías de Cámara de esta Legislatura Provincial vigente a la fecha, aprobada por Resolución Nº 3774/2022 de la Legislatura de la Provincia de Córdoba, se encuentran cargos vacantes, resultando en consecuencia necesaria su cobertura, en los términos previstos en la supra citada normativa.
Que, conforme lo informado por la Secretaría Administrativa, existen ocho (8) vacantes en el cargo de Jefe de Jurisdicción (06-300), y noventa y ocho (98) vacantes en el Tramo Personal de Ejecución, correspondientes a los Agrupamientos Administrativo, Técnicos Especializados y Obreros y Maestranza.
Que, en virtud de lo expuesto, y atento la necesidad de cubrir los mencionados cargos de Jefe de Jurisdicción y de Personal de Ejecución que permitan un adecuado funcionamiento de las distintas áreas de la Legislatura de Córdoba, esta instancia se encuentra facultada para resolver el efectivo llamado a concurso de títulos y antecedentes para la cobertura de los mismos.
Que a dicho fin, la Secretaría Administrativa, en su calidad de autoridad de aplicación del proceso de selección, deberá disponer la constitución de la Comisión Laboral de Selección y determinar los alcances y características de la convocatoria en lo relativo a los cargos a cubrir, los objetivos, funciones, requisitos y competencias de los mismos, así como las bases y condiciones generales del proceso de selección, a los fines de su remisión a la mencionada Comisión Laboral de Selección para su aprobación.
Que atento ello, deviene procedente iniciar el proceso de que se trata, convocando a concurso para la cobertura de cargos de Jefe de Jurisdicción y Personal de Ejecución en el ámbito de esta Legislatura Provincial, e instruir a tales fines a la Secretaría Administrativa, conforme las previsiones de los artículos 93, 94, y ss. de la Ley Nº 9880. Por ello, en el marco de los artículos 93, 96 y cc. de la Ley Nº 9880 y su Reglamentación, el artículo 2º de la Ley N° 10851 y en ejercicio de sus atribuciones;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, EN EL CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
DECRETA:
Artículo 1°: DISPÓNESE el llamado a concurso, en los términos del artículo 2° de la Ley N° 10851, mediante evaluación de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir ocho (8) vacantes en el cargo de Jefe de Jurisdicción (06-300) de la Legislatura de la Provincia de Córdoba, conforme el detalle consignado en el Anexo I que, compuesto de una (1) foja útil y firmado por la Secretaria Administrativa, forma parte del presente Decreto.
Artículo 2°: DISPÓNESE el llamado a concurso, en los términos del artículo 2° de la Ley N° 10851, mediante evaluación de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir noventa y ocho (98) cargos vacantes de Personal de Ejecución de la Legislatura de la Provincia de Córdoba, correspondiente a los agrupamientos Administrativo (Nivel Oficial – 23-350), Técnicos Especializados (Nivel Operador – 11-460), y Obreros y Maestranza (Nivel Ayudante – 42-360).
Artículo 3°: INSTRÚYASE a la Secretaría Administrativa de esta Legislatura de la Provincia de Córdoba, en su carácter de autoridad de aplicación del presente proceso administrativo de selección, a determinar los alcances y características de la convocatoria en lo relativo a los cargos a cubrir, los objetivos, funciones, requisitos y competencias de los mismos, así como las bases y condiciones generales del presente proceso de selección, y en consecuencia, a dictar los actos que resulten necesarios a los fines de instrumentar el proceso, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 9880 y el artículo 2° de la Ley N° 10851.
Artículo 4º: COMUNÍQUESE a los señores Secretarios de las áreas donde se han producido las vacantes, de conformidad a lo normado en el artículo 96 de la Ley Nº 9880.
Artículo 5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en la página web de la Legislatura de Córdoba, con copias a ser colocadas en lugares visibles y frecuentados por el personal, y archívese.
FDO. CR. MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR – CRA. ANA CAROLINA COMBA, SECRETARIA ADMINISTRATIVA
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 3 del 4 de enero de 2023.