lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Lanzan convocatoria para acceder a la herramienta “Sello del Buen Diseño Argentino”

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El llamado tiene por fin lograr una integración estratégica del diseño en la producción local para mejorar su competitividad y su productividad, y aumentar así las posibilidades de insertar sus productos en los mercados nacional e internacional.  Cierra el 28 de febrero de 2022. El beneficio no contempla ningún tipo de retribución económica para quienes resulten distinguidos. (Ver Anexos adjuntos)

Resolución 106/21- Spymeye

Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2020-76939686- -APN-DGD#MDP, las Resoluciones Nros. 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 409 de fecha de 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del citado ex Ministerio y 483 de fecha 10 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se creó el Programa “Plan de Diseño” con el objetivo de fortalecer la competitividad industrial y mejorar las posibilidades de colocación de productos en el mercado nacional e internacional mediante la incorporación de diseño como herramienta.

Que el mencionado Programa contempla DOS (2) modalidades y herramientas de implementación llamadas “PYMES D” y “Sello del Buen Diseño Argentino”, asignando diferentes instrumentos y formalidades para cada una de ellas.

Que la herramienta “Sello del Buen Diseño Argentino” consiste en una distinción a la incorporación de la gestión de diseño, siempre que se demuestre una mejora en los procesos industriales y productos, aumentando la competitividad, tanto en el mercado interno como en el externo, y constituyendo una oferta nacional de productos destacados por su diseño.

Que entre los beneficios que contempla la distinción se encuentran: la inclusión de los productos distinguidos en el Catálogo Anual del “Sello de Buen Diseño Argentino”; publicaciones de promoción en notas de prensa, revistas de publicación masiva y especializadas de diseño; participación en eventos y/o exposiciones y generación de nuevas oportunidades comerciales a partir de reuniones y rondas de negocios con compradores nacionales e internacionales. El beneficio no contempla ningún tipo de retribución económica para quienes resulten distinguidos.

Que a través de la Resolución N° 409 de fecha de 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se aprobó el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa “Plan de Diseño”.

Que, de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 3° y 4° de la Resolución N° 409/17 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del citado Programa deberán ser publicadas en cada llamado a convocatoria junto a las Bases y Condiciones Particulares que, en virtud de criterios específicos relacionados a sectores industriales o zonas geográficas, requieran complementarlas.

Que la mencionada resolución establece que la elaboración de las Bases y Condiciones Particulares, así como el llamado a convocatoria, es facultad de la ex SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la Resolución N° 483 de fecha 10 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO transfirió el Programa “Plan de Diseño”, creado por la Resolución N° 709/2016 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, actual SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, a la órbita de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, designándose a esta última como Autoridad de Aplicación de dicho Programa, quedando facultada a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para su ejecución.

Que en este orden de ideas y en pos de lograr una integración estratégica del diseño en la producción local para mejorar su competitividad, su productividad y aumentar las posibilidades de insertar sus productos en el mercado nacional e internacional resulta necesario realizar un llamado a convocatoria, a los interesados en acceder a la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, por las Resoluciones Nros. 709/16 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 483/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convócase a los interesados en acceder a la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino”, en el marco del Programa “Plan de Diseño” creado por la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a presentar el correspondiente formulario de inscripción y la documentación pertinente, conforme las previsiones dispuestas en el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del citado Programa, aprobado por la Resolución N° 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones Particulares que regirán la presente convocatoria en forma complementaria al Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales aprobadas por la Resolución N° 409/17 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS que, como Anexo I IF-2021-94403565-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que la vigencia de la Convocatoria dispuesta en el Artículo 1° de la presente medida, se extiende desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL hasta el día 28 de febrero de 2022 inclusive.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase el “FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN – SBD” que, como Anexo II IF-2021-94426813-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º.- Apruébase el “MODELO DE DECLARACIÓN JURADA – SBD” que, como Anexo III IF-2021-94402128-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 6º.- Apruéblase el listado con los integrantes del “COMITÉ EVALUADOR” que intervendrá en la evaluación de las propuestas presentadas en el marco de la presente convocatoria, conforme lo previsto en el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa “Plan de Diseño” y que, como Anexo IV IF-2021-94402533-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

Los miembros del Comité Evaluador no percibirán ningún honorario ni reconocimiento de gastos por su participación en el mismo.

ARTÍCULO 7º.- Apruébase la “GRILLA DE EVALUACIÓN” que, como Anexo V IF-2021-94427399-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 8º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Merediz

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 34.771 del 18 de octubre de 2021.

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