lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La UNC será autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota

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Esa institución cumplimentó los requisitos que la normativa exige para la conformación de Autoridades de Registro de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR

Disposición 24/23-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2023

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-17809332- -APN-DNFDEIT#JGM del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, la Ley N° 25.506 de Firma Digital y su modificatoria, los Decretos Nros. 892 del 1° de noviembre de 2017, 182 del 11 de marzo de 2019 y su modificatorio, N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre del 2020 y sus modificatorias, la Resolución del ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 121 del 22 de febrero de 2018, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA N° 87 del 30 de agosto de 2018 y la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN N° 946 del 22 de septiembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.

Que el Decreto Nº 892/2017 creó la Plataforma de Firma Digital Remota en la ex-SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA (actual SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA), en la que se centralizará el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente sobre Infraestructura de Firma Digital.

Que la Resolución del ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 121/2018 otorgó la Licencia para operar como Certificador Licenciado al ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), en el marco de la Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506.

Que la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA N° 87 del 30 de agosto de 2018 aprobó la “Política Única de Certificación v2.0”; el “Manual de Procedimientos v2.0”; el “Acuerdo con Suscriptores v2.0”; el “Acuerdo Utilización de la Plataforma de Firma Digital Remota v2.0”; la “Política de Privacidad v2.0”; y los “Términos y Condiciones con Terceros Usuarios v2.0”, del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).

Que el Decreto N° 182 del 11 de marzo de 2019 y su modificatorio aprobó la reglamentación de la Ley N° 25.506 de Firma Digital regulando el empleo del documento electrónico, de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en el marco de la Infraestructura de Firma Digital.

Que por su parte el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios creó entre otros, a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, estableciendo entre sus objetivos, el de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N° 25.506.

Que el citado Decreto N° 50/2019 y modificatorios, creó en igual sentido a la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, estableciendo para ésta una serie de objetivos entre los que se encuentran el de intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital.

Que por otro lado la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020 y sus modificatorias aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciendo, entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, la de gestionar la Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional y la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota y asistir a la Subsecretaría en su administración.

Que la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 946 del 22 de septiembre de 2021, aprobó los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco normativo de Firma Digital para certificadores licenciados.

Que, mediante el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA para conformarse como Autoridad de Registro de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR, en el que obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos que la normativa exige para la conformación de Autoridades de Registro de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR.

Que ha tomado intervención la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. – Autorízase a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).

ARTÍCULO 2°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Silvana Carolina Isabel Rica

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N° 35.188 del 12 de junio de 2023.

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