Alcanza pólizas que fueran contratadas por medios electrónicos y que correspondan a las ramas: automotores, motovehículos, combinados, robo y riesgos similares, cristales, riesgos varios y accidentes personales. La resolución será de aplicación a los contratos de seguro cuyo inicio de vigencia sea posterior a la entrada en vigencia de esta resolución o sea dentro de 90 días
Resolución 685/21-SSN
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