A partir del pasado día 17 es de $1.593,60, monto que equivale a ocho litros de nafta de menor octanaje
Resolución N° 027
Córdoba, 16 de Marzo de 2023.
VISTO: El Código de Convivencia Ciudadana de la Ciudad de Córdoba -Ordenanza Nº 12.468 y sus modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ordenanza Nº 12.468 dispone que el valor de la multa se determina en Unidades Económicas Municipales (U.E.M), cuyo valor en pesos equivale a ocho (8) litros de nafta de menor octanaje, valor surtidor o precio final al público, de la empresa estatal Y.P.F plaza Córdoba, debiendo publicarse en el Boletín Oficial y en el sitio Web oficial de la Municipalidad de Córdoba.
Que, según lo informado por las autoridades del Automóvil Club Argentino, el valor del litro de nafta es de pesos ciento noventa y nueve con veinte centavos ($199,20), en consecuencia, el valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M), resulta en pesos un mil quinientos noventa y tres con sesenta centavos ($1.593,60).
ATENTO A ELLO y en uso de sus atribuciones:
EL DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL DE FALTAS
RESUELVE:
Art. 1º.- ORDÉNASE la publicación del nuevo valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M) en pesos un mil quinientos noventa y tres con sesenta centavos ($1.593,60), el que empezará regir a partir del 17 de marzo de 2023.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y en el sitio Web Oficial de la Municipalidad de Córdoba, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba Nº 4060 del 16 de marzo de 2023.