En consecuencia, la cuota anual y la primera cuota (2022/01) de la contribución que incide sobre los inmuebles podrá abonarse hasta el próximo día 24. En tanto, la cuota anual y la primera cuota (2022/01) de la contribución que incide sobre los automotores, acoplados y similares vence el día 25 de febrero del corriente año
Municipalidad de Córdoba
Resolución N° 2
Córdoba, 04 de Febrero de 2022
VISTO: Lo dispuesto por la Resolución General- RG Nº 14/2021, emanada de la Dirección General de Recursos Tributarios con fecha 23/12/2021
Y CONSIDERANDO: QUE la RG 14/2021 en su artículo 1°, establece mediante Anexo I, el calendario de vencimientos período fiscal 2022 y fija como fecha de vencimiento para abonar la cuota anual y primera cuota (2022/01) de la contribución que incide sobre los inmuebles el día 10/02/2022.
QUE, en el mismo sentido, el citado dispositivo fija como fecha de vencimiento para abonar la cuota anual y primera cuota (2022/01) de la contribución que incide sobre automotores, acoplados y similares, el día 11/02/2022.
QUE es de público conocimiento que días atrás, ciertos contribuyentes pudieron haber experimentado fallas en el acceso al portal tributario y/u observado inconsistencias en el importe total a pagar reflejado en el respectivo cedulón de pago, las que a la fecha se encuentran subsanadas.
QUE en este sentido los cedulones de pago que a la fecha se emitan, deberían ya gozar de las características adecuadas y encuentrarse en concordancia con lo establecido por la normativa tributaria vigente.
QUE resulta importante aclarar que el Organismo Fiscal se encuentra evaluando distintas situaciones, como la de aquellos contribuyentes que ya abonaron los importes tributarios arrojados por los cedulones erróneos, a fin de establecer el correcto criterio para determinar los montos correctos y consensuar los ajustes o diferencias, a fin de garantizar la equidad tributaria apropiada y ajustada a las normas existentes.
QUE, a más de ello, debido a los importantes descuentos en la anualidad 2022 y la consecuente simultaneidad en consultas mediante las diversas; tal circunstancia produzco inconvenientes, que derivaron naturalmente en la imposibilidad de dar debido cumplimiento, en tiempo y forma, al pago de las cuotas anuales o primeras cuotas de las citadas contribuciones.
QUE en aras de que la transparencia y efectividad del trabajo del municipio, a fin de fomentar el ciclo de sostenimiento y reactivación de la economía local de los vecinos cordobeses, garantizar a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones en pos de la equidad tributaria apropiada y ajustada a las normas existentes, se estima conveniente prorrogar la fecha de vencimiento para abonar la cuota anual y primera cuota (2022/01) de la contribución que incide sobre los inmuebles y sobre los automotores, acoplados y similares, establecidas en Anexo I de Resolución General N° 14/2021 de fecha 23/12/2021 (calendario de vencimientos anualidad 2022).
ATENTO A ELLO y en uso de sus atribuciones:
EL ORGANISMO FISCAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: PRORRÓGASE la fecha de vencimiento para abonar la cuota anual y primera cuota (2022/01) de la contribución que incide sobre los inmuebles establecida en Anexo I de Resolución General N° 14/2021 de fecha 23/12/2021 y, en consecuencia, FÍJESE la misma el día 24/02/2022 en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2°: PRORRÓGASE la fecha de vencimiento para abonar la cuota anual y primera cuota (2022/01) de la contribución que incide sobre los automotores, acoplados y similares en el marco de la normativa citada en el artículo anterior, y, en consecuencia, FÍJESE la misma para el día 25/02/2022, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 3°: PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, hágase saber a las distintas reparticiones municipales competentes y a las entidades recaudadoras, cumplido ARCHÍVESE.
N. de R. Publicada en el Boletín Oficial Electrónico de la Municipalidad de Córdoba Nº 3864 del 8 de febrero de 2022.
YA ESTAMOS A 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 Y AUN SIGUE APARECIENDO EL ERROR DE MONTO DEL CEDULON ,COMETI EL ERROR DE PAGAR UNO CON UN MONTO CON ERROR CUANDO LO SOLUCIONARAN ? Y COMO HARE PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA QUE CAUSARON ?