Fijó nuevos montos a partir del 1 de agosto para afiliados voluntarios sin relación de dependencia y para beneficiarios voluntarios indirectos. (Ver anexo adjunto)
Administración Provincial del Seguro de Salud (Apross)
Resolución N° 7
Córdoba, 08 de agosto de 2024
VISTO: La Resolución 0009/24 de Directorio de la Administración Provincial de Seguro de Salud (A.Pro.S.S.), y
CONSIDERANDO: Que por el citado instrumento legal esta Administración adecuó el cálculo de la UNIDAD DE VALOR PARA VOLUNTARIOS como base para la determinación del monto que deberán abonar los afiliados voluntarios directos y beneficiarios voluntarios indirectos. Asimismo, se delegó al Director de Administración la facultad de adecuar dichos montos mensualmente.
Que en esta instancia y en cumplimiento a lo dispuesto por el art 1º, 5º, 9° y atento al art 26 inciso q) de la Ley N°9277
LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN RESUELVE:
Artículo 1°. – ESTABLÉCESE la escala de valores a partir del 1° de agosto de 2024 para los Afiliados Voluntarios sin relación de dependencia, contemplados en el Artículo 8 de la Ley N°9277, conforme Anexo I que integra a la presente.
Artículo 2°. – ESTABLÉCESE la escala de valores a partir del 1° de agosto de 2024 para los Beneficiarios Voluntarios Indirectos del Artículo 9 de la Ley N°9277, conforme Anexo II que integra a la presente.
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese y oportunamente Archívese.
FDO.: PABLO DANIEL ACOSTA, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
N. de. R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 161 del 13 de agosto de 2024.