Podrán presentarse observaciones y opiniones a los proyectos de ley de Presupuesto, Código Tributario y Ley Impositiva año 2021
Poder Legislativo
Audiencia Pública Legislativa
PRESUPUESTO, CÓDIGO TRIBUTARIO Y LEY IMPOSITIVA 2021
Córdoba, 25 de noviembre de 2020
Decreto N° 335
Visto:…
Y Considerando:…
EL VICEGOBERNADOR DE CÓRDOBA EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
DECRETA: Art. 1°. Convócase a Audiencia Pública Legislativa, en los términos del artículo 1º inciso a) de la Ley Nº 9.003 y sus modificatorias, a los efectos de que personas humanas y jurídicas eleven sus opiniones, consideraciones, observaciones u objeciones que consideren de interés referidas a los proyectos de ley de Presupuesto General de la Provincia para el año 2021, modificaciones al Código Tributario Provincial (Ley Nº 6.006 T.O. 2015 y modificatorias) y a otras leyes y Ley Impositiva para el ejercicio 2021.
Art. 2°. Consígnese, en cumplimiento a lo prescripto por el art. 6º de la Ley Nº 9.003 y sus modif., que:
a) La Audiencia Pública Legislativa se desarrollará de manera telemática o virtual a través de la plataforma Zoom, el día lunes 30 de noviembre de 2020 desde las 9:00 horas.
b) Los proyectos de ley de los que se trata son el Presupuesto General de la Administración previsto para el año 2021, modificaciones al Código Tributario Provincial y a otras leyes y la Ley Impositiva que prevé alícuotas y cuotas fijas para los tributos provinciales previstos para el año 2021.
c) Las entidades cuya participación se invita son aquéllas vinculadas a las ciencias económicas, entes gremiales, empresariales, sociales, ONG y todas las que se consideren con interés en hacer saber su opinión a la Legislatura de la Provincia de Córdoba en lo referente a los tres proyectos, como así también a los especialistas en temas económicos, tributarios, financieros y en las actividades políticas, sociales, etc. que deseen realizar sus aportes, quienes deberán elevar a la Legislatura un memorial escrito y detallado sobre los conceptos requeridos, comunicándose con los funcionarios de las Comisiones encargadas del tratamiento de los proyectos: Cr. Pablo Bono, mail: [email protected], y Dr. Gabriel Izquierdo, mail: [email protected].
d) Cada entidad podrá estar representada por no más de dos miembros. Los Arts. 3 y 4 son de forma.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO – GUILLERMO ARIAS –
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 272 del 27 de noviembre de 2020.