Las compañías que tienen que pagar un impuesto determinado superior a $300 millones deberán anticipar 25%. El porcentaje se reduce a 15% para aquellas firmas cuyo impuesto determinado supere $100 millones. El pago a cuenta alcanza firmas que se han beneficiado por un incremento general de precios internacionales de los commodities, alimentos y energía, derivados del conflicto bélico en Europa Oriental
Resolución General 5248/22-AFIP
Ciudad de Buenos Aires, 12/08/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-01384907- -AFIP-DVNRIS#SDGREC, y
CONSIDERANDO:
Que a partir de la implementación de las políticas públicas necesarias para reducir las consecuencias humanas, sociales y económicas que trajo la pandemia del Covid-19, el país inició una etapa de crecimiento económico que se sostuvo durante todo el año 2021 y se prolonga en el presente.
Que a comienzos del corriente año la economía mundial se vio afectada como consecuencia del conflicto bélico en Europa Oriental, por un incremento general y extraordinario de los precios internacionales, en especial de los commodities, de los alimentos y de la energía.
Que nuestro país, en tanto histórico exportador de algunos de los bienes que registraron aumentos extraordinarios en sus precios internacionales, resultó beneficiado con una mejora en los términos de intercambio.
Que, a resultas de esta situación excepcional, actores económicos locales se han visto beneficiados al obtener ingresos extraordinarios por la comercialización de ciertos productos y servicios.
Que, ante este tipo de coyunturas es necesario que el estado tome un rol activo, generando instrumentos que permitan reducir los impactos negativos.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.