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Fijan cronograma 2023 para capacitación en prevención de violencia de género

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Está destinada a todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos sus niveles y jerarquías de la Provincia de Córdoba

Ministerio de la Mujer de la Provincia de Córdoba 

Resolución N° 1 

Córdoba, 06 de enero de 2023 

VISTO: La Ley N° 10.628, de adhesión a la Ley Nacional N° 27.499 – Ley Micaela -, su Decreto Reglamentario N° 952/19 y la Resolución N° 54/2020 del Ministerio de la Mujer. 

Y CONSIDERANDO: 

Que, en virtud del inicio del nuevo mandato constitucional, a través del Decreto Nº 1615/2019, ratificado por Ley Nº 10.726, se aprobó la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo, estableciéndose las competencias y atribuciones de las distintas jurisdicciones provinciales que lo integran. 

Que compete al Ministerio de la Mujer asistir al Poder Ejecutivo, en general, en todo lo atinente a la promoción, protección y restitución de derechos de las mujeres, mediante el diseño y coordinación de políticas públicas, desde una perspectiva de género y derechos humanos, respetando la diversidad, promoviendo su empoderamiento en los diferentes ámbitos, propiciando la igualdad de género, y procurando poner fin a todo tipo de violencias y discriminación; como así también intervenir en la creación e implementación de políticas, programas y planes de gobierno en materia de equidad de género a implementarse de manera transversal en todas las áreas del Estado Provincial, promoviendo el desarrollo de las condiciones adecuadas para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de todas las mujeres en el territorio. 

Que, a través de la Ley N° 10.628, la Provincia de Córdoba adhirió a la Ley Nacional N° 27.499 – Ley Micaela -, de capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado. 

Que, conforme al Decreto N° 1615/2019, esta jurisdicción provincial adquiere el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 10.628 de Adhesión a la Ley Nacional N° 27.499 – Ley Micaela -. 

Que mediante Decreto N° 952/2019 se reglamentó la citada ley provincial, la cual dispone, que la capacitación establecida por la ley 10.628 –en concordancia con la Ley Nacional 27.499-, es “obligatoria para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos los niveles y jerarquías, dependientes del Poder Legislativo, del Poder Judicial, de la Defensoría del Pueblo, del Tribunal de Cuentas y de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada (incluidas entidades autárquicas, bancos, sociedades, Sociedades del Estado y Sociedades de Economía Mixta del Estado Provincial, entes en los cuales el Estado Provincia sea titular de la participación total o mayoritaria del capital o posea el poder de decisión), cualquiera sea su vínculo laboral o situación de revista.” 

Que, conforme a ello, mediante Resolución N° 40, de fecha 08 de febrero de 2022, del protocolo del Ministerio de la Mujer, se aprobó el Plan de Acción para la implementación de las capacitaciones obligatorias para el año 2.022, en la temática de género y violencia contra las mujeres, dispuesta mediante Ley N° 10.628, destinadas a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías –Ley Micaela-. 

Que resulta oportuno en esta instancia proceder a regular la implementación de las citadas capacitaciones para el año 2023. 

Que el Área de Formación, Capacitación y Residencias Profesionales, responsable de coordinar la ejecución de las citadas capacitaciones obligatorias en la temática de género y violencia contra las mujeres realizadas en el marco de la Ley Micaela, manifiesta la necesidad de continuar con la modalidad prevista para el año 2022, aprobada mediante Resolución N° 40/2022, previéndose en consecuencia las respectivas modificaciones en el cronograma de ejecución para el año 2023. 

Que resulta necesario continuar fortaleciendo los procesos de sensibilización de las personas que ejercen funciones en el ámbito público, concientizando sobre la relevancia de la incorporación de la perspectiva de género y derechos humanos en el entorno laboral. 

Que atento a ello, corresponde en esta instancia, ratificar para el año 2023 la modalidad del Plan de Acción de implementación de las capacitaciones obligatorias – Ley N° 10.628, de adhesión a la Ley N° 27.499 – Ley Micaela, del año 2.022, regulada mediante Resolución N° 40/2022 del Ministerio de la Mujer y aprobar en consecuencia el nuevo cronograma de ejecución para el año 2023. 

Por ello, conforme normativa citada y en uso de las competencias y atribuciones conferidas mediante artículo 40 del Decreto N° 1615/2019, ratificado por Ley N° 10.726; 

LA MINISTRA DE LA MUJER RESUELVE: 

Artículo 1°.- ESTABLÉCESE que el Plan de Acción para la implementación de las capacitaciones obligatorias para el año 2.023, en la temática de género y violencia contra las mujeres, dispuestas mediante Ley N° 10.628, de adhesión a la Ley Nacional N° 27.499 -Ley Micaela-, y su Decreto Reglamentario N° 952/2019, destinadas a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, se desarrollará conforme alcance, condiciones y modalidades previstas en la Resolución N° 40, de fecha 08 de febrero de 2022, del protocolo de este Ministerio de la Mujer. 

Artículo 2°.- APRUÉBASE el cronograma de las capacitaciones obligatorias para el año 2.023, en la temática de género y violencia contra las mujeres – Ley N° 10.628, de adhesión a la Ley Nacional N° 27.499 – Ley Micaela – y su Decreto Reglamentario N° 952/2019, el que quedará conformado de la siguiente manera: 

Cronograma de Cursos Virtuales 2023 – Ley Micaela General 

Duración: 6 semanas 

CAMPUS VIRTUAL EMPLEADOS 

Curso Inscripciones

MIÉRCOLES Inicio curso
LUNES Finalización curso
VIERNES Certificados
VIERNES

1- 8/02 a 22/02 27/2 7/4 28/4
2- 5/4 a 19/04 24/4 2/6 23/6
3- 7/06 a 21/06 26/6 4/8 25/8
4- 9/08 a 23/08 28/8 6/10 27/10
5- 11/10 a 25/10 30/10 8/12 29/12

Cronograma de Cursos Virtuales 2023 – Ley Micaela en el Deporte

Duración: 4 semanas

CAMPUS CÓRDOBA

Curso Inscripciones

LUNES Inicio curso
LUNES Finalización curso
VIERNES Certificados

VIERNES
1 17/2 a 1/3 6/3 31/3 14/4
2 3/4 a 12/4 17/4 12/5 26/5
3 8/5 a 17/5 22/5 16/6 30/6
4 19/6 a 28/6 3/7 28/7 11/8

5 24/7 a 2/8 7/8 1/9 15/9
6 4/9 a 13/9 8/9 13/10 27/10
7 23/10 a 1/11 6/11 1/12 15/12

Artículo 3°.- ENCOMIÉNDASE a la Jefatura de Área de Formación, Capacitación y Residencias Profesionales, responsable de llevar a cabo la coordinación de las capacitaciones en el marco de la Ley N° 10.628, el diseño de los procedimientos de ejecución, así como el seguimiento y control del cumplimiento del Plan de Acción de capacitaciones obligatorias para el año 2.023. 

Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese y oportunamente archívese. 

RESOLUCIÓN N°001-23 

FDO.; CLAUDIA MARTÍNEZ, MINISTRA DE LA MUJER

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº8 del 11 de enero de 2023. 

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