Será considerado el único canal para la recepción, procesamiento y expedición de tal servicio. A su vez, se determina que todos los “testimonios notariales digitales” presentados a precalificación de ingreso por la Carga Virtual de Documentos (CVD) deberán satisfacer los requisitos establecidos en el “Reglamento de Testimonio Notarial Digital”, aprobado el pasado 7 de septiembre por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba. Ambas medidas rigen a partir del próximo 9 de octubre El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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