Rige hasta el hasta el 31 de diciembre de 2021. Las que se produzcan no tendrán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales. Quedan exceptuados de tales prohibiciones quienes se encuentren comprendidos en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción regulado por la ley Nº 22250
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