La norma contempla la reducción -por pago espontáneo- de 30 por ciento de la multa que correspondiere, si se realiza dentro del plazo de cinco días desde la fecha de notificación del acta. Los juzgados provinciales de Faltas serán competentes para dictar sentencia por infracción a la ley 10702.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.