viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Difunden el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Tránsito

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La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito la fijó en $1.167, que equivale al menor precio de venta al público tomado al pasado día 5 de noviembre del corriente año 

Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito 

Resolución N° 38 

Córdoba, 05 de noviembre de 2024 

VISTO: El expediente N° 0458-001829/2024 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004). 

Y CONSIDERANDO: 

Que la norma dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Transito N°8560 (T.O 2004), se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un (1) litro de nafta súper. 

Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), el valor del referido combustible al día 5 de noviembre del corriente año es de pesos Un Mil ciento sesenta y siete con cero centavos ($1.167,00) registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior. Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O 2004), y sus modificatorias. 

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO 

RESUELVE: 

1°: ESTABLECER, el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos Un mil ciento sesenta y siete con cero centavos ($1.167,00). 

2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el punto que antecede, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva. 

3°: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas por infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004), a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Innovación Tecnológica del Ministerio de Justicia y Trabajo. 

4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. 

FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 223 del 7 de noviembre de 2024. 

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