Tendrá por fin un seguimiento particularizado por medio de distintos canales para brindar asistencia en el uso de las tecnologías y garantizar el ejercicio pleno de derechos. Se destaca que el organismo ha suscripto convenios con instituciones universitarias, con el objetivo de abordar el dictado de capacitaciones que aúnen aspectos prácticos y teóricos de los procesos digitales para su correcta implementación y la formación de usuarios para el ejercicio profesional
Dirección General del Registro General de la Provincia de Córdoba
Resolución General N° 3
Córdoba, 27 de mayo de 2021.
VISTO: El Cronograma de Acciones del Registro General de la Provincia para la virtualización de todos sus procesos en miras a un “Registro On Line”, que fuera aprobado por el Ministerio de Finanzas y la Secretaría de Innovación de la Gestión dependiente del Ministerio de Coordinación e implementado por Resolución General N° 9/2020.
Y CONSIDERANDO:
1.-) Que teniendo en consideración el plazo máximo de dos años a partir del 11-07-2019, fijado por el inciso 1.1.2. “Servicios y actuaciones digitales no disponibles -Vigencia progresiva de la ley” del artículo primero del Decreto N° 750/2019, para la plena vigencia del Título 1, Capítulo II de la L.P. 10.618 en relación a todos los servicios y actuaciones no disponibles íntegramente en forma digital; la planificación estipulada en el art. 10 de la misma ley, como así también los acuerdos de coordinación suscriptos oportunamente, mediante la mentada Resolución General N° 9/2020 se implementó el cronograma de acciones para la exigencia gradual de los siguientes trámites en su formato electrónico, virtual o no presencial, con las siguientes etapas:
A.-) Publicidad directa (PUB, PUO, DIR, DIW): 100% on line (cumplido al 01-12-2020);
B.-) Publicidad indirecta (certificaciones e informes): B.1.-) NOT WEB (100% on line, cumplido el 09-10-2020); y
B.2.-) Certificados judiciales (SUB) y de organismos públicos (NOT), e informes notariales (INF), judiciales (JUD) y administrativos (JUD): a partir del 08-02-2021;
C.-) Anotación de medidas cautelares, excepto del Poder Judicial Federal: A partir del 08-02-2021; D.-) Anotaciones (cancelaciones y destinos de certificados): A partir del 01-04-2021; y
E.-) Inscripciones (sean de origen judicial, notarial o administrativo) y anotaciones de hipotecas: A partir del 31-05-2021.
2.-) Que como parte del proceso de adecuación y acompañamiento a la implementación de las herramientas digitales, la repartición ha dispuesto no solo el dictado de capacitaciones y la publicación de instructivos y videos tutoriales para cada uno de los servicios, sino que también se han puesto a disposición de los usuarios nuevas vías de comunicación para la gestión personal e individual de asistencia, así como para la transmisión de información.
En tal sentido, cabe destacar la implementación de un servicio de Asesoramiento para la Carga Virtual de Documentos a través de video llamadas, del canal de consultas a través de Facebook, de canales de difusión a través de newsletter, grupos de whatsapp, envío de correos electrónicos, del canal de Youtube con las capacitaciones grabadas y del servicio de Consultoría a través de video llamadas. Tales implementaciones han tenido una recepción muy favorable entre los usuarios, al punto que –por ejemplo– al mes de abril se habían sostenido 45.635 chats de consultas a través de Facebook y 939 video llamadas para la Carga Virtual de Documentos, el servicio de newsletter contaba con 1430 suscriptores y los grupos de difusión de whatsapp para profesionales escribanos, martilleros, abogados, corredores e ingenieros tenían más de 1000 suscriptores.
3.-) Que ello ha redundado en un incremento en el uso de canales digitales aún en el caso de aquellos servicios cuya inclusión en el cronograma se prevé a futuro.
4.-) Que asimismo se ha implementado un proceso de seguimiento y acompañamiento a los usuarios que hubieran utilizado los servicios de modo presencial, realizándose -en cada caso- comunicaciones individuales, coordinando capacitaciones de refuerzo y robusteciendo los canales de atención y acompañamiento. Esto ha supuesto la necesidad de analizar en cada caso concreto las circunstancias excepcionales invocadas por los usuarios que continuaron realizando la presentación de documentos en formato papel, para mantener la vía presencial de tramitación.
5.-) Que el aludido proceso de seguimiento y acompañamiento ha significado, por una parte la posibilidad de capacitar y guiar a los usuarios en el uso de las herramientas digitales dispuestas por la repartición, y por otro lado, el acceso en esta instancia de implementación del cronograma para la exigencia gradual de los trámites en su formato electrónico, virtual o no presencial, de todos los documentos al Registro General, independientemente de su soporte.
5.-) Que asimismo dicho proceso ha permitido detectar, fundamentalmente, con motivo de la vigencia del cronograma para las Anotaciones (cancelaciones y destinos de certificados) a partir del 01-04-2021, la existencia de algunas situaciones puntuales cuya atención resulta necesaria en orden a asegurar los objetivos del mismo.
6.-) Que por lo expuesto se entiende pertinente otorgar un marco formal al proceso de seguimiento y acompañamiento citado, estableciendo las acciones a realizar en su consecuencia, sin perjuicio de la adopción de las medidas que las circunstancias ameriten y puedan no estar contempladas ab initio.
7.-) Que asimismo es menester destacar que se han suscripto convenios con instituciones universitarias a fin de abordar el dictado de capacitaciones que aúnen aspectos prácticos y teóricos de los procesos digitales implementados, en un marco institucional y académico adecuado no solo para la correcta comprensión y usabilidad de los sistemas informáticos implementados por la repartición, sino también para la formación de los usuarios para el ejercicio profesional y el abordaje de cuestiones suscitadas con el avenimiento de las nuevas tecnologías en la realidad circundante.
8.-) Que por otra parte, este proceso ha permitido identificar la oportunidad de adecuar los términos y condiciones del Procedimiento para la Presentación de Documentos Digitales por medio de la Carga Virtual de Documentos (CVD) aprobado por Resolución General N° 7/20 (modificada por R.G. 1/21), en orden a la vigencia del Cronograma de Acciones del Registro General de la Provincia para la virtualización de todos sus procesos en miras a un “Registro On Line” aprobado por Resolución General N° 9/20, correspondiendo la modificación del mismo en consecuencia.
9.-) Que esta Dirección se encuentra facultada para adoptar disposiciones de carácter general conducentes al mejor funcionamiento del Registro e interpretar las leyes y reglamentos atinentes a su actividad (arts. 3 y 61, L.P. 5771).
POR TODO ELLO, y lo dispuesto en las normas legales citadas, LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA,
RESUELVE:
Artículo Primero: APROBAR el Proceso de Seguimiento y Acompañamiento a Usuarios del Cronograma de Acciones del Registro General de la Provincia para la virtualización de todos sus procesos en miras a un “Registro On Line”, contenido en el ANEXO I que integra la presente.
Artículo Segundo: MODIFICAR los términos y condiciones del Procedimiento para la Presentación de Documentos Digitales por medio de la Carga Virtual de Documentos (CVD) aprobado por Resolución General N° 7/20 (modificada por R.G. 1/21), conforme se detalla en el Anexo II que integra la presente.
Artículo Tercero: DAR PUBLICIDAD Y COMUNICAR el contenido de la presente al Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, a la Fiscalía de Estado, a la Secretaría de Registros Públicos y a los Colegios Profesionales pertinentes, a sus efectos.
Artículo Cuarto: Protocolícese, comuníquese al Boletín Oficial de la Provincia, dése copia y archívese.
FDO.: MARISA CAMPORRO, DIRECTORA GENERAL
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 106 del 31 de mayo de 2021.