Rige desde el 21 de mayo. La UEM se fijó en $792, que equivale a ocho litros de nafta de menor octanaje, valor surtidor o precio final al público
Dirección de Infraestructura, Planificación y Gestión de la Justicia Administrativa Municipal de Faltas
Resolución N° 40
VISTO:
El Código de Convivencia Ciudadana de la Ciudad de Córdoba – Ordenanza Nº 12.468 y sus modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ordenanza Nº 12.468 dispone que el valor de la multa se determina en Unidades Económicas Municipales (U.E.M), cuyo valor en pesos equivale a ocho (8) litros de nafta de menor octanaje, valor surtidor o precio final al público, de la empresa estatal Y.P.F plaza Córdoba, debiendo publicarse en el Boletín Oficial y en el sitio Web oficial de la Municipalidad de Córdoba.
Que, según lo informado por las autoridades del Automóvil Club Argentino, el valor del litro de nafta es de pesos noventa y nueve ($ 99), en consecuencia, el valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M), resulta en pesos setecientos noventa dos ($ 792).
ATENTO A ELLO y en uso de sus atribuciones:
EL DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL DE FALTAS
RESUELVE:
Art. 1º.- ORDÉNASE la publicación del nuevo valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M) en pesos setecientos noventa y dos ($ 792), el que empezará regir a partir de 21 de mayo de 2021.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y en el sitio Web Oficial de la Municipalidad de Córdoba, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
FDO: LUCAS CARPIO SERRANO
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba Nº 3729 del 21 de mayo de 2021.