viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Aprueban certificado de circulación para prestación de servicios laborales presencial en el gobierno de la Provincia de Córdoba

ESCENARIO. La Provincia planteó objeciones para iniciar la causa, que no fueron atendidas.
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Alcanza a todas las jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial, excepto Ministerio de Salud y Fuerzas de Seguridad. Se puede tramitar por medio del Portal Ciudadano Digital (CIDI), con clave nivel 2. Integran al permiso de circulación los datos relativos a la información de salud y riesgo sanitario de los agentes.

 Secretaría General de la Gobernación

 Resolución N° 323/20

Córdoba, 26 de junio de 2020.

VISTO: La Resolución Nº 158/20 de esta Secretaría General de la Gobernación.

Y CONSIDERANDO:

Que el citado instrumento dispuso la unificación de la emisión de los permisos para circular para aquellos agentes y funcionarios de los Organismos y Dependencias del Poder Ejecutivo Provincial – con excepción del Personal de Salud y Fuerzas de Seguridad -, afectados al cumplimiento de actividades y/o servicios declarados esenciales en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Que estableció también el procedimiento para efectuar las solicitudes respectivas por parte de los Titulares de Jurisdicción, aprobó el “Certificado Habilitante para Circulación” y dispuso que los mismos fueran puestos a disposición de los interesados en el Portal Ciudadano Digital (CIDI) – Mis Documentos, a los fines de su impresión o exhibición ante la autoridad que lo requiera.

Que en esta instancia se estima conveniente integrar al permiso de circulación los datos relativos a la información de salud y riesgo sanitario de los agentes.

Que por lo expuesto, resulta pertinente aprobar un nuevo procedimiento de autogestión del certificado de circulación para prestación de servicios laborales de carácter presencial en el Gobierno de la Provincia de Córdoba (excepto Ministerio de Salud y Fuerzas de Seguridad), instruyendo a las Unidades de Recursos Humanos de las mismas a efectuar los controles pertinentes.

Que en consecuencia, corresponde derogar la Resolución Nº 158/20 de esta Secretaría General de la Gobernación.

Por ello, las facultades conferidas a esta Secretaría General de la Gobernación por el Decreto Nº 1615/2019 y en uso de sus atribuciones;

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°: APRUÉBASE el “Certificado de Circulación para Prestación de Servicios Laborales de carácter presencial en el Gobierno de la Provincia de Córdoba” para todas las Jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial (excepto Ministerio de Salud y Fuerzas de Seguridad), el que tendrá vigencia a partir de la cero (00:00) hs. del día 01 de julio de 2020, y que como Anexo I, compuesto de una (1) foja, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º: ESTABLÉCESE que el certificado aprobado por el artículo anterior, deberá autogestionarse por el interesado a través del módulo que a tal efecto se encuentra habilitado en el Portal Ciudadano Digital (CIDI) – con clave Nivel 2 – y tendrá validez hasta las veintitrés horas y cincuenta y nueve minutos (23:59) hs. del día viernes siguiente al de su generación.

Artículo 3º: INSTRÚYASE a las Unidades de Recursos Humanos de las distintas Jurisdicciones del Poder Ejecutivo alcanzadas por el presente instrumento, a realizar las pertinentes acciones de control respecto de las solicitudes generadas por los agentes de las reparticiones a su cargo, a los fines de verificar la veracidad de la información declarada – para lo cual tendrán habilitado el acceso on line a la misma – debiendo en los casos pertinentes propiciar la cancelación del permiso, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones disciplinarias que pudieren corresponder.

Artículo 4º: DERÓGASE la Resolución Nº 158/20 de esta Secretaría General de la Gobernación.

Artículo 5º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Gobierno de la Provincia de Córdoba y archívese.

FDO: JULIO COMELLO – SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Anexo I

Certificado de Circulación para Prestacion de Servicios laborales de carácter presencial en el Gobierno de la Provincia de Córdoba

Datos solicitante

Nombre y Apellido:

DNI:

CUIL:

Características de la prestación

Jurisdicción:

Horario estimado de la prestación

Domicilio en que realiza la prestacion:

-Específico:

-Diversos domicilios de Localidad:

-Traslado entre localidades:

Vencimiento del certificado: Viernes …/…/2020 inclusive. En días inhábiles, las circunstancias especiales (turnos, guardias, etc.) deberán ser acreditados ante la autoridad requirente.

Declaro bajo juramento que los datos consignados en la presente declaración son verídicos, y me encuentro afectado al cumplimiento de actividades y/o servicios con carácter presencial en el gobierno de la Provincia de Córdoba.

Asimismo me comprometo a informar las modificaciones ocurridas en la información de salud  y riesgo sanitario” duarante el periodo de vigencia del presente certificado, ingresando a nuevamente a esta misma aplicación.

“F12 Código QR”

N. de R.– Publicada en el Boletin Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 148 del 30 de junio de 2020.

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