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Aprueban bases y condiciones del programa Fondo de Coinversión Triple F

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Se asigna un presupuesto de 45 millones de pesos a fin de ser ejecutado durante el año 2024. Las presentaciones se realizarán bajo la modalidad de ventanilla permanente hasta el 30 de noviembre de 2024 o hasta agotar presupuesto. Se recuerda que la iniciativa tiene como objetivo general promover el desarrollo de emprendimientos dinámicos e innovadores de la Provincia de Córdoba por medio del apoyo económico en estadios presemilla

Agencia Córdoba Innovar y Emprender de la Provincia de Córdoba

Resolución N° 42 

Córdoba, 09 de septiembre de 2024 

VISTO: Que mediante Ley Provincial 10351 y Decreto N° 664/16, el Gobierno de la Provincia de Córdoba dispuso la creación dentro del ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, de la “Agencia Córdoba Innovar y Emprender Sociedad de Economía Mixta”. 

Que es objeto de la Agencia todo lo inherente a la promoción del Financiamiento y la ejecución de programas y proyectos tendientes a incrementar los procesos de innovación, de desarrollo territorial y de valor agregado a la producción en empresas, emprendimientos, actores y sistemas productivos de la Provincia de Córdoba a través de la articulación y el cofinanciamiento con los sectores de la sociedad civil involucrados, mediante la administración de fondos aportados por el sector público y el sector privado en partes iguales. 

Que mediante Acta de Directorio N° 82 de fecha 20 de agosto de 2024 se dio a conocer a los miembros del Directorio los lineamientos básicos del programa “Fondo de Coinversión Tripe F”. 

CONSIDERANDO: 

Que el programa “Fondo de Coinversión Triple F” (en adelante el “Programa”) tendrá como objetivo general: “Promover el desarrollo de emprendimientos dinámicos e innovadores de la Provincia de Córdoba a través del apoyo económico en estadíos pre-semilla” y como objetivos específicos los siguientes: Cofinanciar a emprendimientos dinámicos e innovadores de la Provincia de Córdoba en estadíos pre-semilla; Incentivar el acompañamiento privado tipo Triple F a emprendimientos dinámicos e innovadores de la Provincia de Córdoba en estadíos pre-semilla; Contribuir a la sustentabilidad y el financiamiento de las instituciones que brindan apoyo a emprendedores. 

Que los lineamientos básicos fueron puesto en conocimiento del Directorio a través del acta de directorio mencionada, se prevé que dicho Fondo contará con un presupuesto total estimado de pesos cuarenta y cinco millones ($45.000.000). 

Que el Programa está dirigido a aquellos emprendimientos dinámicos e innovadores de la Provincia de Córdoba en estadío pre-semilla que cumplan con las características requeridas por Bases y Condiciones y Anexos, cuenten con un aporte de capital por parte de una persona humana denominada Aportante Triple F, y den cuenta de haber incorporado los conceptos básicos de un proceso de incubación junto al aval de una incubadora (Institución acompañante). 

Que el beneficio que otorga el Programa consiste en un aporte monetario para el emprendimiento de hasta $5.000.000 (cinco millones de pesos argentinos) bajo modalidad AFMF en relación 1:

1 (uno a uno) con el/los Aportante/s Triple F, reservándose la Autoridad de Aplicación la definición del monto mínimo del Aporte Triple F en cada caso. 

POR ELLO EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA CÓRDOBA INNOVAR Y EMPRENDER S.E.M. 

RESUELVE 

Artículo 1°: APROBAR las Bases y Condiciones del Programa “Fondo de Coinversión Tripe F” como así también todos sus anexos, todo lo cual se adjuntan y forma parte integrante de la presente. 

Artículo 2º: ASIGNAR al programa Fondo de Coinversión Triple F un presupuesto de pesos cuarenta y cinco millones ($45.000.000) a fin de ser ejecutado durante el año 2024.

 Artículo 3º: ASIGNAR el monto en concepto de Aporte No Reembolsable (ANR) a fin de ser asignado a las Instituciones acompañantes por un monto total de pesos cuatro millones quinientos mil ($ 4.500.000), correspondiendo a cada una de las Instituciones la suma de pesos quinientos mil (500.000) por emprendimiento acompañado, en concepto de servicio de acompañamiento por la postulación todo conforme lo previsto en las bases y condiciones y anexos del programa. 

Artículo 4°: DETERMINAR que las presentaciones podrán efectuarse desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial a través del sistema de presentación digital de la Provincia (E-Trámites) siendo la convocatoria de modalidad ventanilla permanente hasta el 30 de noviembre de 2024 o hasta agotar presupuesto. 

Artículo 5°: PUBLICAR en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a sus efectos. 

Artículo 6°: IMPUTAR el egreso que demande a Jurisdicción: 820 – Cat. Programática: 821. Ejercicio 2024. 

Artículo 7°: AUTORIZAR a la Gerencia de Administración a crear la cuenta contable cuya denominación será “Fondo de Coinversión Triple F”, en la cual se reflejará la ejecución del presente programa y a realizar la afectación presupuestaria previa por el monto correspondiente. 

FDO. MANUEL MAXIMILIANO RON. PRESIDENTE – AGENCIA CÓRDOBA INNOVAR Y EMPRENDER SEM.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 184 del 12 septiembre de 2024.

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