La medida tiene por fin garantizarles el cobro de las prestaciones de los meses de septiembre y octubre del año en curso y evitar la circulación de los beneficiarios y su eventual aglomeración en sucursales. A partir del 1 de noviembre las entidades pagadoras deberán asegurar procedimientos remotos -complementarios a los mecanismos presenciales- para dar cumplimiento a su deber de control de fe de vida El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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