VISTO:Lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes dela Ley N° 7.854 (T.O. Decreto N° 360/2014) Ley Orgánica de Fiscalía de Estado yen la Resolución N° 1/2014 de la Escuela de Abogados del Estado.
Y CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley citada,se estableció como uno de los objetivos de la Escuela el de privilegiar la capacitación y perfeccionamiento de los abogados que se desempeñan en el ámbito de la Fiscalía de Estado y en los distintos servicios jurídicos de la Administración Pública Provincial, en los términos del artículo 40 de la Ley N° 7854 (T.O. Decreto N° 360/14).
Que a fin de cumplir con tal objetivo y en tanto que el último censo realizado data de fines de 2014, resulta necesario un nuevo relevamiento de la planta profesional permanente, transitoria y/o contratadaque se encuentra prestando asesoramiento jurídico en dicho ámbito, como así también de las necesidades académicas que los titulares de los servicios jurídicos de las respectivas reparticiones y los letrados que conforman el cuerpo de abogados del Estado consideran prioritarias a los finesde programar las actividades atendiendo a las actuales tendencias del asesoramiento, defensa y control jurídico de la Administración Pública Provincial.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por Decreto N° 1.555/2016,
EL DIRECTOR DE LA ESCUELA DE
ABOGADOS DEL ESTADO
RESUELVE:
FDO: GERARDO GABRIEL GARCIA ■