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Notificaciones digitales en los fueros Contencioso Administrativo y Penal. Coexistencia de la e-cédula con la notificación en soporte papel. Plazo

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Tribunal Superior
de Justicia de Córdoba
AR Nº 1298 – Serie «A».

En la ciudad de Córdoba, a catorce días del mes de agosto del año dos mil quince, con la Presidencia de su Titular Dr. Domingo Juan Sesin, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa Tarditti, María de las Mercedes Blanc G. de Arbel, Carlos Francisco García Allocco, y Sebastián Cruz López Peña, con la intervención del señor Fiscal General de la Provincia, Dr. Alejandro Oscar Moyano, y la asistencia de la señora Directora General del Área de Administración, a cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María Roland de Muñoz y ACORDARON:
VISTO:
El Acta – Acuerdo suscripta por el Sr. Vocal del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Francisco García Allocco y el Sr. Presidente del Colegio de Abogados, Dr. César Alejandro Tejerina, con motivo de la nota presentada por esa institución, relacionada a la puesta en vigencia del sistema de notificación digital.
Y CONSIDERANDO:
I) Que por Acuerdo Reglamentario N° 1291, Serie “A”, de fecha 19/6/2015, se estableció que en el Fuero Contencioso Administrativo y el Fuero Penal, a partir del día 1° de julio del corriente año, las notificaciones debían realizarse mediante cédula de notificación digital. Asimismo, por Acuerdo Reglamentario N° 1293, Serie “A”, de fecha 6/7/2015, a petición del Colegio de Abogados, se modificaron los arts. 1° y 2°, del antes mencionado Acuerdo Reglamentario, postergándose la puesta en funcionamiento del nuevo sistema informático a partir del día 15 de agosto del corriente año.
II) Que el Sr. Vocal del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Francisco García Allocco y el Sr. el Presidente del Colegio de Abogados, Dr. César Alejandro Tejerina, se reunieron en el día de la fecha a fin de establecer algunas pautas relacionadas con la puesta en funcionamiento del nuevo sistema informático, suscribiendo un Acta-Acuerdo a tal fin. En dicho documento básicamente se convino que: * A partir del próximo día 15 de agosto del corriente año, las notificaciones a instancia del Tribunal de providencias, decretos y resoluciones a todos los efectos derivados de las causas que se tramitan en el fuero contencioso administrativo (Sala Contencioso Administrativa del TSJ y Cámaras Contencioso Administrativo) y del fuero penal (Sala Penal del TSJ, Cámaras del Crimen, Apelación, Correccional, Penal Juvenil, Ejecución Penal y Control), de todas las Sedes e instancias de la provincia de Córdoba, deberán realizarse mediante cédula de notificación digital. * Establecer un plazo de coexistencia entre la notificación tradicional en soporte papel, con la cédula electrónica, hasta el día 15 de octubre del corriente año, el cual podrá ser prorrogado a pedido del Colegio de Abogados por treinta (30) días más, a los fines de que los profesionales puedan familiarizarse con el nuevo sistema y en dicho término los plazos se contarán desde la recepción de la notificación por cédula papel. * Encomendar a la Direccion de Informática que disponga lo necesario para que en dicho plazo, de ser posible, instrumente un sistema de mensaje a los celulares de los letrados (“Aviso de Cortesía”), de manera coetánea con la notificación. El cual no será parte constitutiva de la notificación, por lo que no podrán efectuarse planteos procesales en tal sentido, ni aun en caso que por cualquier razón sea omitido o no sea recibido. * En relación al requerimiento de la instalación del sistema denominado “Marco Polo”, el objetivo es común y se encuentra dentro de la planificación estratégica del Poder Judicial, por lo que ambas instituciones, por intermedio de la comisión respectiva y la Dirección de Informática, continuaran con sus labores en post de su consecución.
Por ello;
SE RESUELVE:
I) Disponer que a partir del próximo día 15 de agosto del corriente año, las notificaciones a instancia del Tribunal de providencias, decretos y resoluciones a todos los efectos derivados de las causas que se tramitan en el fuero contencioso administrativo (Sala Contencioso Administrativa del TSJ y Cámaras Contencioso Administrativo) y del fuero penal (Sala Penal del TSJ, Cámaras del Crimen, Apelación, Correccional, Penal Juvenil, Ejecución Penal y Control), de todas las Sedes e instancias de la provincia de Córdoba, deberán realizarse mediante cédula de notificación digital.
II) Establecer un plazo de coexistencia entre la notificación tradicional en soporte papel, con la cédula electrónica, hasta el día 15 de octubre del corriente año, debiendo los Tribunales durante dicho término realizar las notificaciones mediante soporte papel y cédula electrónica, contándose los plazos legales desde la fecha de recepción de la notificación por cedula papel.
III) Encomendar a la Dirección de Informática, que disponga lo necesario para que en dicho plazo, de ser posible, instrumente un sistema de mensaje a los celulares de los letrados (“Aviso de Cortesía”), de manera coetánea con la notificación. El cual no será parte constitutiva de la notificación, por lo que no podrán efectuarse planteos procesales en tal sentido, ni aún en caso que por cualquier razón sea omitido o no sea recibido.
IV) Precisar que en todos los casos, se deberá proceder acorde a lo ya establecido en los Acuerdos Reglamentarios Nº 1103, Serie «A», de fecha 27/6/2012, N° 1291, Serie “A”, de fecha 19/6/2015 y de conformidad a lo dispuesto en la normativa procesal específica para cada fuero.
V) Protocolícese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.. Comuníquese a la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba, al Colegio de Abogados de Córdoba, al Club de Derecho, a todas las dependencias de los fueros Contencioso Administrativo de la Provincia, incorpórese a la página web del Poder Judicial y dése la más amplia difusión.

Domingo Juan Sesin –M. de las Mercedes Blanc de Arabel – Aída Tarditti – Sebastián Cruz López Peña – Carlos F. García Allocco ■

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