El año pasado, el tribunal de juicio descartó la prisión perpetua por homicidio agravado al entender que mediaron circunstancias extraordinarias de atenuación del hecho. Ahora, la Cámara de Santiago del Estero ordenó la libertad
La Cámara en lo Penal de Santiago del Estero, integrada por los vocales Cristian Vittar, Sandra Generoso y Olga Gay de Castellanos, absolvió a María de los Ángeles Lescano por el homicidio de su pareja, Jorge Ibáñez, al entender que obró en legítima defensa.
El año pasado, la mujer fue condenada a 13 años de prisión por el crimen que cometió en noviembre de 2017.
Los jueces Alfredo Pérez Gallardo, Julio Alegre Paz y Luis Achával le impusieron esa pena por matar puñaladas a Ibáñez. No le aplicaron perpetua porque entendieron que mediaron circunstancias extraordinarias de atenuación.
El fallo fue apelado con éxito y la alzada ordenó que la encausada recupere su libertad.
El tribunal argumentó que Lescano fue víctima de “una serie de abusos” por parte de quien fue su concubino, muchos de ellos “denunciados y desoídos por el Estado”.
Así, concluyó que también sufrió “violencia institucional” y opinó que ese cuadro de situación se reiteró en el decisorio condenatorio del a quo.
Una de las abogadas defensoras de Lescano, Andrea Barraza, estimó que la sentencia de la Cámara fue “un logro histórico, sobre todo en Santiago del Estero”, porque sienta precedente.
Para Barraza, el resultado de la apelación no fue sólo un logro de la defensa sino de la “movilización de todas las organizaciones feministas”.
“El primer fallo fue machista y aleccionador”, juzgó la abogada, quien estimó que los magistrados de primera instancia responsabilizaron a su asistida pese a que se acreditaron “todas las agresiones” y abusos sexuales que sufrió y las denuncias que formuló por tentativa de homicidio.
“El hecho de que en segunda instancia contemplen todo ha sido un logro histórico porque se reconoce la violencia de género y cómo se tienen que tratar los casos de legítima defensa”, acotó.
Por unanimidad, local vocales de Cámara Cristian Vittar, Sandra Generoso y Olga Gay de Castellanos determinaron que existía un contexto de violencia de género que no se podía soslayar al momento de juzgar los hechos.
M. DE LOS ÁNGELES LESCANO. Tenía un bebé de seis meses al momento del hecho.