domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Veedor informará la marcha de la empresa que integra la sociedad conyugal

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La Justicia de Familia de Córdoba ratificó el rechazo de la apelación planteada por el ex marido. Para el tribunal, se dará seguridad a la mujer sobre lo que acontece en la firma

En un proceso de divorcio, la Cámara de Familia de Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba rechazó un recurso de apelación y confirmó la admisión del pedido de la ex cónyuge para designar un contador público en el carácter de interventor veedor, que informará lo que acontece en la sociedad LP SRL, que integra como socio el ex cónyuge demandado en la causa, al validar que en el caso se cumplen los requisitos formales de toda medida cautelar, verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora que supone para quien fuera la esposa del accionado el desconocimiento sobre el movimiento comercial de la empresa que integra la sociedad conyugal en discusión.

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