La Sala 1ª de la Cámara del Trabajo confirmó la creación de un valor indemnizatorio en base a criterios propios del juzgado, ante la falta de publicación de los topes salariales actualizados por el organismo nacional correspondiente. El fallo, que involucra a Embotelladora del Atlántico SA (Coca Cola y otros productos), destacó la necesidad de proteger al trabajador en un contexto de alta inflación y homologaciones tardías.
En su sentencia, el juez a quo optó por calcular el tope indemnizatorio usando el promedio de las remuneraciones del Convenio Colectivo aplicable, dado que la Dirección de Normativa Laboral no había publicado valores actualizados en más de dos años.
La embotelladora apeló la decisión, argumentando que el juez se apartó de los parámetros legales al recurrir a un tope no oficial, violando el principio de congruencia y resolviendo extra petita. Los vocales Enrique Rolón, Víctor Buté y Ricardo Giletta consideraron que el juez actuó dentro de sus facultades.
Argumentación
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