Hubo 301 juicios y 262 fallos condenatorios. Sólo se revocó una sentencia. Neuquén y la provincia de Buenos Aires se adhirieron este año, aunque con más participación ciudadana. Hay quienes sostienen que Córdoba debería ajustar su sistema a ese modelo.
Por Silvina Bazterrechea – [email protected]
Para la mayoría de los argentinos, los juicios con jurados populares se reducen a las películas de Hollywood. No obstante, se trata de la forma más antigua de proceso. Con distintas variables, el procedimiento se utiliza en numerosos países. En la mayor parte de las provincias se trata, además, de un mandato de la Constitución Nacional que no se cumple.
Aunque fue aprobado el 22 de septiembre de 2004, el sistema se aplicó en Córdoba por primera vez en 2005. Y durante casi diez años fue la única jurisdicción del país en contar con este modelo. Este año se sumó Neuquén (hace cuatro meses) y en la provincia de Buenos Aires se comenzará a utilizar en los próximos meses. Mientras tanto, varias provincias comenzaron a debatir el cambio de sistema, entre ellas, Chaco, Santa Fe, Entre Ríos, Capital Federal y La Rioja.
Ya nadie discute que la experiencia en la provincia de Córdoba ha sido ampliamente exitosa.
De 2005 a esta parte se han realizado unos 300 juicios con jurados populares en toda la provincia, según informó a Comercio Justicia el coordinador de la Oficina de Jurados del Poder Judicial, Eduardo Soria. En lo que va de este año se llevaron a cabo 25 juicios y hay otros 12 previstos para sustanciarse entre octubre y noviembre.
Entre los datos relevantes hay que destacar que de los 300 debates con jueces legos, 262 terminaron con condenas, es decir 86%. De ese total, 66 por ciento de los fallos fue por unanimidad.
El otro dato importante es que del total de sentencias emitidas por los tribunales populares, sólo una fue revocada por el Tribunal Superior de Justicia. Fue en el caso en el que se juzgó a la viuda del panadero Héctor Corradini, Mercedes Segalá. En aquella oportunidad, el Tribunal mixto la absolvió y el Alto Cuerpo ordenó un nuevo juicio.
Las causas en las que participaron los ciudadanos fueron principalmente para juzgar homicidios agravados, homicidios en ocasión de robo y, en menor medida, casos elevados por el Fueron Penal Económico y Anticorrupción.
A diferencia del sistema escabinado tipo europeo adoptado en Córdoba, el resto de las provincias que comenzaron a debatir este nuevo sistema de juzgamiento plantea implementar el jurado de tipo anglosajón, cuyos tribunales estarán integrados por un jurado de 12 ciudadanos legos titulares y seis suplentes que declararán al acusado culpable o inocente, en tanto un único juez técnico determinará la pena o su absolución, de acuerdo con dicho veredicto. Hay quienes sostienen que este sistema es superior y que Córdoba debería dar un paso más en esa dirección (ver aparte).
Un derecho, no una obligación
Este año, el Tribunal Superior de Justicia decidió ampliar el número de sorteados por cantidad de ciudadanos para integrar el padrón de futuros jurados populares. Con esto busca contar con la cantidad necesaria de personas para sustanciar los debates orales previstos para 2015.
Para ser jurado popular hay que tener entre 25 y 65 años, superar un apto psicofísico, tener ciudadanía plena, haber cumplido nueve años de educación y una residencia no inferior a cinco años, entre otros requisitos. Ello, sin dudas, reduce notablemente la posibilidad de los ciudadanos de constituirse en jueces legos.
Se trata de una carga pública que no todos los vecinos reciben con agrado. Sin embargo, más que una obligación “debe tomarse como un derecho que debe exigirse”, remarcó a este diario el fiscal Carlos Ferrer, especialista en el tema, quien aseguró que aún “falta mucha concientización ciudadana”.
¿Córdoba debería avanzar hacia un jurado sin jueces técnicos?
Andrés Harfuch -miembro de la Junta Directiva de Inecip- y Cristian Penna -integrante de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados- coinciden en que la experiencia cordobesa ha sido ampliamente positiva y resultó el puntapié inicial para que otras provincias comiencen a replicar el sistema.
Para Harfuch, quedó demostrado que los juicios por jurados “dejaron contentos a absolutamente todas las partes, fundamentalmente a los propios jurados” y que los ciudadanos pueden entender causas penales y resolver casos complejos sin inconvenientes.
El jurista también planteó que los jurados no son vengadores sociales sino todo lo contrario.
“En Córdoba, el índice de absoluciones fue superior al de otras provincias con jueces técnicos”, dijo.
En el mismo sentido, Penna consideró que el sistema cordobés permitió que los operadores judiciales dejen de sentir miedo y ellos mismos impulsen proyectos en sus provincias para aplicar los juicios conjurados.
Pese a todo, tanto Harfuch como Penna advirtieron que es hora de que Córdoba ajuste su sistema penal y pase del actual modelo escandinavo al anglosajón. “En Inecip creemos que tiene que haber un solo juez que dirija el debate y no tres; hay que avanzar con la oralidad, hay que desformalizar el sistema penal”, precisó Harfuch.
En el mismo sentido, Penna opinó que el sistema anglosajón que se utiliza en Neuquén es superador. “Córdoba no debe tener miedo de aumentar la participación ciudadana y dejar que deliberen solos”, remarcó.
Constitucionalmente válido
En defensa del modelo local, el fiscal de Cámara cordobés y especialista en el tema, Carlos Ferrer, opinó que el sistema que se aplica en la provincia es el “constitucionalmente viable y es superador”.
Entre los cuestionamientos, el funcionario plantea que el sistema adoptado por Neuquén no prevé que las sentencias vayan acompañadas de fundamentos.
“Los fundamentos me dan garantías del porqué me condenan”, señaló. Y se preguntó:
“¿Cómo hará un Tribunal Superior para revisar una condena sin fundamentos? ¿Deber ver toda la filmación del juicio? En nuestra provincia es una obligación ser jurado popular, mientras en Buenos Aires es un derecho al que el imputado puede renunciar. ¿Qué abogado va a querer un juicio integrado por ciudadanos que siempre se sienten más representados por la víctima que por el acusado?”.