En primera instancia el reclamo no prosperó, pero la alzada admitió el recurso de la mujer y destacó que el nosocomio y la obra social estaban obligados a reparar el perjuicio espiritual que le infligieron, ya que su temor por el alumbramiento se agravó al saber que no iba a ser asistida en un lugar adaptado para afrontar complicaciones.
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