lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Tratan en comisión la reforma de la Ley de Mediación

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Fueron convocados el Colegio de Abogados, la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba y la Asociación de Mediadores. La iniciativa busca descongestionar los tribunales y agilizar los procesos

Por Silvina Bazterrechea – [email protected]

Las comisiones de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos y de Legislación General se reunirán hoy  en comisión para debatir el proyecto que prevé modificar la ley 8858 de Mediación en la provincia de Córdoba. A lo que será la segunda reunión de comisión fueron invitados a participar los representantes de la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia, el Colegio de Abogados de Córdoba y la Asociación de Mediadores.
Se espera que recién en abril el proyecto -que fue enviado por el gobernador Juan Schiaretti para su tratamiento- esté en condiciones de ser debatido en el recinto, según adelantó a Comercio y Justicia el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Julián López.
La introducción de la mediación prejudicial obligatoria tiene como objetivo fundamental descongestionar los tribunales y agilizar los procedimientos judiciales, sumándola como una herramienta a casi todas las causas que ingresen en el fuero Civil y Comercial.
Cabe destacar que hoy sólo están obligados a someterse a esta instancia aquellas personas que tengan un trámite de juicio abreviado y ordinario -cuyo monto no supere 204 jus-, las causas en las que se solicite el beneficio de litigar sin gastos y cuando el juez que interviene estime conveniente derivar el expediente a mediación.
De aprobarse tal cual está previsto en el proyecto de ley, quedarán exentos pocos procesos judiciales. Por ejemplo los juicios ejecutivos, los desalojos, las medidas cautelares, los amparos y las medidas preparatorias que, por su naturaleza, requieren la intervención judicial, cuestiones de violencia de género, concursos y quiebras, etcétera.
La instancia de mediación previa y obligatoria constituye un requisito de admisibilidad de la demanda; resulta obligatoria la comparecencia ante el centro de mediación de que se trate, y su inobservancia genera la imposición de una multa.
La iniciativa estipula que la Mediación Prejudicial podrá ser realizada tanto en el Centro Judicial de Mediación (CJM) como en otros centros de mediación, públicos o privados. Se aclara que todas las causas son mediadas por un equipo de dos mediadores habilitados e inscriptos en el Centro Judicial de Mediación. Al menos uno de ellos debe poseer título de abogado.

Procedimiento
La idea es que quienes deseen entablar una demanda en el fuero Civil y Comercial deban primero llenar un formulario en la Mesa de Entradas de tribunales, que se remitirá al Centro Judicial de Mediación (CJM), que deberá intervenir de inmediato con el profesional que resulte sorteado para tal fin. Si en esta instancia no hay acuerdo, o algunas de las partes no cumple con lo pactado, entonces recién ahí la demanda ingresará formalmente a la vía judicial.
La Mesa General de Entradas del Poder Judicial será la encargada de efectuar el sorteo informático de un mediador mediante un sistema que garantice la distribución equitativa entre los que se encuentren inscriptos en el Centro Judicial.

Gratuidad
La solicitud de mediar sin gastos está prevista en el artículo 25 del proyecto de ley. Debe ser presentada por la parte interesada ante el CJM antes de la realización de la primera reunión. Aquélla deberá contener los requisitos y acompañar la documentación que a tales fines reglamente el Tribunal Superior de Justicia. Luego, el CJM deberá remitir las actuaciones al asesor legal de la Administración General del Poder Judicial.

Fuero Penal
La iniciativa introduce la posibilidad de la derivación de una causa penal a mediación. El artículo 6, inciso 1, prevé que sólo el fiscal y el juez en el procedimiento de querella están facultados a derivar el caso penal a mediación. Se aclara que pueden hacerlo cuando estimen conveniente intentar la solución del conflicto por esta vía, y cuando el Código Procesal Penal lo habilite.

La sanción de este proyecto de ley puede triplicar la cantidad de causas que hoy son remitidas al Centro de Mediación.

Su aplicación se hará de manera gradual y estará a cargo del Tribunal Superior
de Justicia

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