La alzada recordó que la facultad reconocida a las partes para dar por terminado el pacto tiene valor absoluto y puede ser ejercida sin que el titular esté obligado a explicar las razones de su determinación.
La alzada recordó que la facultad reconocida a las partes para dar por terminado el pacto tiene valor absoluto y puede ser ejercida sin que el titular esté obligado a explicar las razones de su determinación.
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Por Sergio Castelli * y María Florencia Rodriguez ** Proteger la propiedad intelectual e industrial es una tarea muy importante para los...
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