El Tribunal entendió que el ex jefe de Policía no tuvo un “exabrupto verbal” sino que quiso atemorizar al comunicador para limitar su libertad de expresión. Lo calificó como un “sujeto que traspasaba los límites, que se ofuscaba fácilmente y no dudaba en avasallar”
Atemorizar y condicionar al periodista Dante Leguizamón fue la intención que tuvo el ex jefe de Policía Julio César Suárez, según entendió la Cámara en lo Criminal y Correccional Nº 4 de Córdoba en los fundamentos de la sentencia que se conoció ayer, por la cual el comisario recibió dos años y dos meses de prisión condicional e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.
De acuerdo con la sentencia difundida por el tribunal, el viernes 15 de agosto de 2014 Suárez llamó por teléfono a Leguizamón pasada la hora 22. Estaba disconforme con la publicación de algunos tuits por parte del periodista que denunciaba una relación entre un caso de “gatillo fácil” y un allanamiento nocturno en el barrio denominado Los Cortaderos.
Durante esa comunicación, le solicitó insistentemente a Leguizamón que se reunieran esa misma noche en los estudios de los Servicios de Radio y Televisión (SRT) o en la Central de Policía. Ante la negativa del periodista, quien ya había finalizado su horario laboral y se dirigía a su domicilio en el Gran Córdoba, el entonces jefe de la Policía manifestó: “Si vos no venís, yo me voy a encargar de vos”.
Luego de analizar la prueba incorporada al juicio, la mencionada cámara consideró que la frase del acusado Suárez no provino de un exabrupto verbal en el marco de una discusión sino que “expresa, cuanto menos, una persistencia obstinada en limitar la libertad de la víctima, buscando atemorizarlo ante su negativa de encontrarse con él esa noche”.
Para llegar a esta conclusión, el tribunal -integrado por los camaristas María Antonia de la Rúa, Luis Miguel Nassiz y Jorge Raúl Montero- tuvo en cuenta el contexto de la llamada telefónica y los motivos que llevaron al ex jefe de Policía a comunicarse con la víctima.
En este sentido, el fallo afirma que Suárez ya había tenido expresiones “desafortunadas” con el fiscal de Instrucción que investigaba la muerte del joven Alberto Fernando “Güere” Pellico y con otros periodistas que cubrían presuntos casos de “gatillo fácil”. A partir de tales constancias, el tribunal describió al acusado como “un sujeto que traspasaba los límites de su función, que se ofuscaba fácilmente y no dudaba en avasallar y entrometerse en labores ajenas”.
“No se trató (…) de ejercer legítimamente el derecho a réplica, la defensa de su honor o el de la institución policial, sino que su objetivo era controlar y/o limitar la tarea periodística de la víctima, frente a temas de alta sensibilidad en la opinión pública”, expresa la resolución.
Agrega que “la libertad de prensa y la libertad de expresión resultan pilares del sistema democrático” y que su limitación “atenta” contra éste. También señala que si Suárez quería dar su versión de lo ocurrido -con Güere Pellico- debió solicitar el derecho a réplica -que, por otro lado, ya le había sido concedido- pero “nunca recurrir a la coacción como medio para instrumentar su pretendida defensa”, especialmente porque el acusado era, por aquel entonces, el jefe de Policía.
Inhabilitación
En relación con la inhabilitación impuesta a Suárez, los jueces argumentaron que la conducta ilícita cometida por el imputado y el modo como ésta se vinculó con el cargo de jefe de la Policía de la Provincia de Córdoba que tenía “provocó una extensión del daño causado que excede el de la víctima y se relaciona íntimamente con la protección de la libertad de expresión, que como tribunal debemos ponderar como derecho fundamental, inalienable, inherente a todas las personas e íntimamente relacionado con la existencia de una sociedad democrática”.