Pese a considerar acertada la calificación legal del juez de primera instancia con respecto a la conducta atribuida a un imputado por el delito de encubrimiento en un caso de robo de cables telefónicos, la Cámara Federal de Córdoba lo sobreseyó por extinción de la acción penal por prescripción. Y, al reafirmar que se cometió encubrimiento y no otro delito -como lo sostuviera el fiscal federal-, la Alzada expresó que no se encontraron pruebas de que Marcelo Acevedo “ habría sido quien se apoderó de los cables de Telecom, interrumpiendo de esta manera dicho servicio”, aunque sí de que los “habría ocultado, alterado o hecho desaparecer; o ayudado a los autores o partícipes del delito a ocultar, alterar o hacer desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito”.
En consecuencia, la Sala B, integrada por Abel Sánchez Torres, Ignacio María Vélez Funes y Luis Roberto Rueda, concluyó que debía proseguirse con la instrucción a los fines de individualizar el o los autores del ilícito en cuestión y, al no prosperar el planteo nulificante que propugnó el fiscal, el fallo recordó: “El representante del Ministerio Público Fiscal encuentra incongruente la resolución en crisis que dispone el procesamiento de Acevedo como presunto autor del delito de encubrimiento (…), y al respecto queda claro que en todo momento el hecho que se le atribuía a Acevedo era el de tener en su poder los elementos secuestrados, circunstancia ésta de la que se podía inferir que el había sido quien los había cortado y tomado para quemarlos, produciendo de esa misma forma la interrupción del servicio de telefonía a los usuarios”, sin advertir incongruencia alguna entre el hecho que conoció el imputado y la calificación legal que asignó el magistrado instructor a su rol en el mismo.
Las presentes actuaciones se originaron frente a la denuncia de EPEC por la supuesta sustracción de cables de su propiedad y ante las averiguaciones de que en el domicilio de Acevedo se ocultarían cables sustraídos, se solicitó orden de allanamiento y se secuestraron los elementos que dieron basamento al procesamiento bajo análisis. Posteriormente, el denunciante informó al personal policial que dichos cables no pertenecían a la empresa provincial de energía, sino a Telecom.