El juez subrayó que la sentencia no debía contener una atribución de culpas ni un análisis de los hechos, pues el ordenamiento vigente no lo permite, además de quitarle toda relevancia y virtualidad de efectos, al igual que al plazo de separación de hecho exigido por la normativa derogada.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.