El magistrado constató que la accionante no logró hacer operativa la existencia de contrato de trabajo, al haber sido negadas por el titular del local dedicado a la depilación las labores que aducía prestar El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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