El tribunal sostuvo que la legitimidad de quien solicitó la falencia se basaba en la acreencia a su favor, que quedó anulada al saldársele la deuda que reclamaba El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.