La Cámara destacó que la prueba no fue observada al dictarse la sentencia, por la cual quedó acreditado que la póliza estaba invalidada por incumplimiento
La Cámara Civil y Comercial de Novena Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar a una apelación y rechazó la extensión de la condena a la firma Escudo Seguro SA porque, para el tribunal quedó acreditado que a la fecha del accidente que generó la responsabilidad del demandado el seguro por él contratado se encontraba cancelado por falta de pago.
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