Fue en el marco de un proceso penal. La letrada no apeló el procesamiento, no cuestionó los testimonios ni ofreció pruebas para mejorar la situación del imputado. Se le objetó a la profesional falta de compromiso y se la multó a pagar cinco mil pesos
Una abogada fue sancionada por dejar desamparado a su cliente en el marco de una causa penal: no apeló su procesamiento, no cuestionó los testimonios de los denunciantes y no impugnó el ofrecimiento de prueba de la Fiscalía. Incluso el propio cliente admitió que “no se sentía defendido por la abogada que lo había asistido durante la instrucción”.
Para el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, la letrada incurrió en “desidias procesales” y le impuso una multa de $5.000. La Sala I de la Cámara en lo Contencioso-administrativo Federal, con votos de los jueces Rodolfo Facio, Carlos Grecco y Clara do Pico, rechazó su apelación en autos “B.L.G. c/ CPACF” y ratificó la multa.
Según los camaristas, la profesional “no hizo presentación alguna en la causa con la finalidad de mejorar la situación procesal de su cliente”, y no podía sostenerse que esa conducta “haya sido una estrategia defensista”. “A veces resulta importante observar la prueba de la Fiscalía y formular determinadas observaciones en resguardo de los derechos del defendido”, afirmaron los magistrados.
El Tribunal de Disciplina le reprochó a la abogada “la falta de compromiso con los intereses confiados y el trámite de la causa”. Es que, además de esas omisiones, la letrada no se enteró de que ya se había fijado fecha de juicio oral, ya que la notificación fue remitida por vía electrónica.
“Si el imputado no hubiese sido notificado en el domicilio real, no habría tomado conocimiento de que la causa tenía designada una fecha para la audiencia de debate oral y público”, cuestionaron los jueces. Para éstos, la matriculada “debió abstenerse de asumir responsabilidades que no estaba en condiciones de cumplir; o renunciar, oportunamente, en beneficio de la situación procesal de su defendido. Era deseable que la profesional cumpliese con las exigencias procesales que el caso requería. Debió asegurar al defendido el pleno ejercicio de sus derechos. Demostró falta de interés en realizar la defensa”, concluyeron.