La Cámara Civil y Comercial de Segunda Nominación de Córdoba revocó una sentencia que había determinado el pago de honorarios a tres arquitectos a título personal.
El tribunal sostuvo que los profesionales no habían prestado servicios de forma independiente, sino como socios de la empresa Constructora RRV & Asociados SRL, la cual tenía un vínculo contractual con la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (Uomra). La decisión fue adoptada por los jueces Delia Inés Rita Carta de Cara, Silvana María Chiapero y Fernando Martín Flores, siendo este último el autor del voto.
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