Se rechazó el pedido del Ministerio de Trabajo de la Nación y se enfatizó que una sanción de esa naturaleza debe ser interpretada de modo restrictivo, valorando la prueba con prudencia, porque “hace a la injerencia del poder público en la existencia misma de la asociación”.
El retorno de los brujos (*)
Por Horacio J. Franco ** En el Derecho Ambiental, el debate gira alrededor de la corriente doctrinaria “compatibilizadora”, por un lado; y...