Al dictarse la sentencia de primera instancia, en 2002, no se habían aplicado las leyes de emergencia que convertían a pesos las acreencias y esa resolución judicial ya había quedado firme y consentida
Al admitir la apelación presentada por la parte actora, Banco Comafi SA, en contra del auto de aprobación de la planilla de una sentencia firme y consentida, en la cual se pesificaba una deuda que había sido determinada por la justicia en dólares sin aplicarse en ese momento las leyes de emergencia que regían en el año 2002, la Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba resolvió que la deuda siga determinada en dólares, tal como se había resuelto.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a