El Tribunal de Gestión Asociada de Conciliación y Trabajo N°1 (TGA) de Córdoba, a cargo del juez Álvaro Cuencia hizo lugar a la demanda promovida por una trabajadora que reclamó por diferencias de haberes, luego de que su empleador le negara el derecho a gozar de una licencia por enfermedad previa a su licencia por maternidad, intentando imponerle el inicio anticipado de esta última.
La actora había ejercido el derecho consagrado en el artículo 177 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), optando por iniciar la licencia por maternidad treinta días antes de la fecha probable de parto, pero debió recurrir a una licencia médica a raíz de complicaciones derivadas de su embarazo antes de esa fecha. La empleadora, sin embargo, no reconoció ese período como de enfermedad, interpretando que las condiciones de salud de la trabajadora justificaban adelantar el goce de la licencia por maternidad, lo que derivó en descuentos que fueron cuestionados judicialmente.
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